Concurso abreviado 889/14
El Juzgado de lo Mercantil núm. 6 de Madrid,
Anuncia: Que en este Juzgado se ha dictado auto en fecha 7 de abril de 2014 que contienen los siguientes pronunciamientos:
2.- Se declara en concurso, que tiene carácter de voluntario al deudor ROL MARKETING IDEAS CREATIVAS DE IMAGEN Y COMUNICACIÓN, S.L., con CIF B82935859.
3.- El deudor ROL MARKETING IDEAS CREATIVAS DE IMAGEN Y COMUNICACIÓN, S.L., conservará las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio.
4.- Se acuerda, simultáneamente a lo anterior, la conclusión del concurso por la causa 3.ª del apartado 1.º del art. 176 bis L.Co., con los efectos inherentes a dicha declaración, en especial:
a.- se acuerda el cese de todas las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor que pudieran derivarse de la presente declaración de concurso; sin que haya lugar al cese de administrador concursal al no haber sido designado.
b.- firme la presente resolución, notifíquese la presente a los acreedores y demás interesados; inscribiendo la misma en el modo señalado en el art. 24 L.Co., declarando la gratuidad de la inscripción en el BOE.
c.- se acuerda a efectos concursales la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad concursada, disponiendo la cancelación de su inscripción en los registros públicos y el cierre de las hojas registrales a los efectos concursales, librando para ello los oportunos mandamientos una vez firme la presente resolución.
5.- Anúnciese en el Boletín Oficial del Estado, en el tablón de anuncios del Juzgado y en el Registro Público Concursal tanto la declaración de concurso junto a la simultanea conclusión declarado por causa inexistencia de bienes para atender los gastos de la masa. Los anuncios contendrán los datos suficientes para identificar el proceso y la forma de personarse en él. Las publicaciones serán gratuitas.
Madrid, 7 de noviembre de 2014.- Secretario judicial.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
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