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Documento BOE-B-2014-40821

MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 281, de 20 de noviembre de 2014, páginas 55313 a 55313 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-40821

TEXTO

Edicto

Doña M.ª Luisa Pariente Vellisca, Secretario del Juzgado de lo Mercantil número 11 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal, anuncia:

1.- Que en el concurso número de autos 668/14, con número de identificación general del procedimiento 28079 1 4151064 /2014, por auto de 6 de noviembre de 2014, se ha declarado en concurso voluntario, tramitado como abreviado, a DIGITAL JOKERS MOBILE, S.L., con CIF.B85167195, y domiciliado en Madrid, en la calle Alfonso XII, n.º 36.

Asimismo, se ha acordado la apertura de la fase de liquidación y se ha declarado disuelta la mercantil DIGITAL JOKERS MOBILE, S.L., con CIF B85167195, cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal.

2.- Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en el artículo 85 de la LC, en el plazo de un mes, desde el día que en que se les realice la comunicación por la administración concursal o bien en el supuesto de que no se haya realizado, desde el día siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del auto de declaración de concurso

3.- Que el deudor queda suspendido en sus facultades de administración y disposición de su patrimonio, sustituido por la administración concursal.

4.- La identidad de la administración concursal es PLUTA ABOGADOS Y ADMINISTRADORES CONCURSALES, S.L.P., el domicilio postal de la misma sito en la calle María de Molina, n.º 40, 8.º, de Madrid, 28006, y la dirección electrónica digital@pluta.es, ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la LC.

Para el caso de que algún crédito fuera presentado en el Juzgado se tendrá por no comunicado.

5.- Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de abogado y procurador presentando escrito de forma separada al de comunicación de crédito ante este Juzgado.

6.- Que las resoluciones que traigan causa del concurso se publicaran en el Registro Público Concursal, siendo su dirección electrónica www.publicidadconcursal.es

Madrid, 6 de noviembre de 2014.- Secretario judicial.

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