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Documento BOE-B-2014-40010

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Publicado en:
«BOE» núm. 276, de 14 de noviembre de 2014, páginas 54243 a 54243 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-40010

TEXTO

Don Eduardo José Rebollo Sanz, Secretario judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Las Palmas de Gran Canaria.

Por el presente se hace saber que en el procedimiento concursal n.º 398/2014, seguido a instancias de la Procuradora doña Beatriz Guerrero Doblás, en nombre y representación de PINCHOS GOURMET, S.L., se ha dictado Auto el día 22 de octubre de 2014, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

Se declara el concurso de PINCHOS GOURMET, S.L., con CIF n.º B35979798, el que se tramitará por el procedimiento abreviado.

A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de voluntario.

Conforme prevé el artículo 23 de la Ley Concursal el presente edicto se insertará en el Registro Público concursal y, en tanto se produce la reglamentación de dicho órgano, se publicará en el Boletín Oficial del Estado.

Se designa como Administrador del concurso a don Lucas García Guerra, abogado, el cual ha designado como domicilio postal el de la calle Viera y Clavijo, n.º 5, 4.º piso, CP 35002 de Las Palmas de Gran Canaria, teléfono 928361766, FAX 928361923, así como Dirección electrónica lucas@mbrabogados.es

En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda; intervención.

Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el artículo 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal en el domicilio designado por la Administración concursal y en la forma prevista en el artículo 85 de la mentada Ley.

Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC.).

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el artículo 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto.

Las Palmas de Gran Canaria, 31 de octubre de 2014.- El Secretario judicial.

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