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Documento BOE-B-2014-39926

VALENCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 275, de 13 de noviembre de 2014, páginas 54136 a 54137 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-39926

TEXTO

D./Dña. Cristina María Valero Domenech, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia, por el presente, hago saber:

Que este Juzgado se tramitan autos de concurso de acreedores núm. 991/2014 habiéndose dictado en fecha 7 de octubre de 2014 por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia, auto firme de conclusión de concurso voluntario, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:

Parte dispositiva

Se declara en estado de concurso voluntario a la mercantil Tecnos Ingeniería del Software, S.L., con domicilio en Valencia, calle San Vicente Mártir, n.º 85-9-E y C.I.F. número B-96200928, inscrita en el Registro Mercantil de Valencia, al tomo 4.648 general, libro 1.958 de la sección general, folio 14, hoja V-29.277.

Asimismo, se declara la conclusión del concurso por insuficiencia de la masa activa.

Se declara la disolución de la sociedad y el cierre o cancelación de la hoja registral.

Procédase a la publicidad de esta declaración de concurso, expidiéndose al efecto los oportunos edictos que se insertarán, gratuitamente, en el BOE y en el tablón de anuncios de este Juzgado. A cuyos efectos se entregarán al Procurador de los Tribunales de la concursada, para su curso y gestión, de conformidad con los artículos 23 y 24 de la Ley Concursal. Póngase en conocimiento de dicho Procurador que, en plazo de diez días a contar desde la publicación de la presente resolución, deberá presentar en la Secretaría de este Juzgado, acreditación de haber presentado en el BOE los oportunos edictos.

Expídase por la Sra. Secretario Judicial, mandamiento por duplicado ejemplar, al Registro Mercantil de la Provincia de Valencia a fin de que se verifique la oportuna anotación registral de la declaración de concurso y de la conclusión. Debiéndose proceder al cierre de la hoja de inscripción de la concursada en el Registro.

Y ello teniendo en cuenta.

Roj: STS 1614/2013. Órgano: Tribunal Superior. Sala de lo Civil; Sede: Madrid; Sección: 1; N.º de Recurso: 1339/2010; N.º de Resolución: 220/2013; Fecha de Resolución: 20 de marzo de 2013; Procedimiento: Civil; Ponente: Francisco Javier Arroyo Fiestas; Tipo de Resolución: Sentencia; Resumen: Sociedad de Responsabilidad Limitada, capacidad jurídica para afrontar las deudas pendientes, después de la liquidación de la sociedad. Art. 6 LEC. Arts. 109 y 123 de la LSRL. Art. 228 del Código de Comercio.

Fórmese la Sección 1.ª del concurso, que se encabezará con la solicitud del deudor.

Notifíquese la presente resolución al deudor, a la AEAT y a la TGSS.

Modo de impugnación: Contra esta resolución cabe interponer recurso de apelación en un plazo de veinte días y para la Ilma. Audiencia Provincial de Valencia, plazo que se computará a los terceros interesados a partir de su publicación en el BOE.

Valencia, 7 de octubre de 2014.- La Secretaria Judicial.

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