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Documento BOE-B-2014-39877

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 275, de 13 de noviembre de 2014, páginas 54085 a 54085 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-39877

TEXTO

Luis Miguel Gonzalo Capellín, Secretario del Juzgado Mercantil número 1 de Barcelona,

Por la presente hago saber: Que en el concurso voluntario tramitado bajo el número 10/2014-B, de la entidad mercantil 2Gether Applications, S.L., se ha dictado auto de fecha 4/07/14 en la cual se acuerda la conclusión de concurso, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva

Acuerdo:

1) Declarar la conclusión de concurso por inexistencia de pluralidad de acreedores, cesando la limitación de facultades acordadas respecto al concursado en el auto de declaración.

2) El cese en el ejercicio del cargo de la administración concursal, sin que compute su nombramiento a efectos del artículo 28.2 LC.

3) Librar mandamiento al registro mercantil por duplicado, una vez firme esta resolución, para la inscripción de la conclusión del presente concurso, haciendo constar que debe cancelarse la inscripción derivada de la tramitación de este concurso.

4) Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación (art. 176 bis LC).

5) llevar el original de esta resolución al libro de Autos, dejando testimonio en el expediente.

6) Dése a la presente resolución la publicidad a la que alude el artículo 177.3 LC, en particular la publicación en el BOE.

Lo acuerda y firma Yolanda Rios López, Magistrada-Juez del Juzgado Mercantil 1 de Barcelona.

Diligencia.- Se cumple lo acordado, doy fe.

Barcelona, 13 de octubre de 2014.- El Secretario Judicial.

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