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Documento BOE-B-2014-39258

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 271, de 8 de noviembre de 2014, páginas 53229 a 53229 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-39258

TEXTO

Edicto

El Secretario Judicial D. José Vela Pérez, del Juzgado Mercantil n.º 6 de Barcelona,

Hace saber:

Que en los autos que se siguen en este Juzgado con el número 562/2014 se ha declarado, mediante auto de fecha 14-10-2014, el concurso voluntario de Shooco Labs S.L. con N.I.F. B-65712838, e inscrita en el Registro Mercantil de Barcelona, Tomo 42935, Folio 126, Hoja 419865, Inscripción 1 de fecha 12-01-2012, al tiempo que su conclusión por falta de masa activa de conformidad con lo dispuesto en el art. 176 bis 4 de la Ley Concursal.

Y que en su Parte Dispositiva literalmente dice así:

Parte dispositiva.

Que debía acordar y acordaba declarar en Estado de Concurso Voluntario a la entidad Shooco Labs S.L., con domicilio en Calle Llull n.º 321 de Barcelona, con C.I.F. B-65712838, e inscrita en el Registro Mercantil de Barcelona, Tomo 42935, Folio 126, Hoja 419865, Inscripción 1 de fecha 12-01-2012, y la Conclusión del Concurso por insuficiencia de masa activa.

Publíquese esta resolución, por medio de edictos de inserción gratuita y con el contenido establecido en el artículo 23 de la LC, en el Boletín Oficial del Estado, en los estrados de este Juzgado y en la web concursal. Comuníquese al Juzgado Decano de Barcelona.

Expídase por el Sr. Secretario mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Barcelona, al que se adjuntará testimonio de esta resolución, para que proceda a la inscripción de la declaración del concurso y de la conclusión, procediendo a su inserción en el portal de internet y al cierre de la hoja de inscripción de la concursada en el referido Registro.

Hágase entrega al Procurador solicitante de los despachos expedidos para que cuide de su curso y gestión, concediéndosele un plazo de diez días para que acredite la publicación de los edictos y la presentación de los mandamientos.

Fórmese, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley Concursal 38/2011, 10 de octubre, la sección primera, que se encabezará con la solicitud y testimonio de la presente resolución.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación dentro de los veinte días siguientes a su notificación, previa consignación de la suma de 50,00 euros en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado abierta al número 0990 0000 52 0562-14.

Así lo acuerda, manda y firma D. Francisco Javier Fernández Álvarez Magistrado del Juzgado de lo Mercantil núm. 6 de Barcelona, de lo que doy fe.

Barcelona, 14 de octubre de 2014.- El Secretario Judicial.

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