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Documento BOE-B-2014-38955

ZARAGOZA

Publicado en:
«BOE» núm. 268, de 5 de noviembre de 2014, páginas 52818 a 52818 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-38955

TEXTO

Edicto

Doña Carmen Montaner Zueras, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Zaragoza, por el presente, hago saber:

1.º Que en este Juzgado se siguen autos de concurso voluntario ordinario n.º 282/2014-F, y número de Identificación General del procedimiento (N.I.G.) 50297 47 1 2014 0000642, en el cual se ha dictado en fecha de 9 de octubre de 2014, auto de declaración de concurso voluntario de la Compañía Mercantil "Cogeneración Carbonífera, Sociedad Limitada Unipersonal", con C.I.F. número B50768233, y domicilio social en Mequinenza (Zaragoza), Calle A-11, número 12, y cuya declaración ha de entenderse declarada conjuntamente con la de la Compañía Mercantil "La Carbonífera del Ebro, Sociedad Anónima Unipersonal", declarada en concurso voluntario de acreedores en el mismo procedimiento concursal de referencia por auto de fecha 24 de julio de 2014.

2.º Se ha acordado también en el expresado auto de fecha 9 de octubre de 2014 la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo la mercantil concursada "Cogeneración Carbonífera, Sociedad Limitada Unipersonal", mediante autorización o conformidad de la Administración Concursal.

3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores del deudor concursado "Cogeneración Carbonífera, Sociedad Limitada Unipersonal" para que en el plazo de un mes comuniquen por escrito la existencia de sus créditos directamente a la Administración Concursal designada, integrada por la sociedad "Agm-3 Gestión Concursal, S.L.P.", con CIF B99363806, representada por el Economista D. Jorge Aso Baches, con D.N.I. 18.012.514-C; Dirección postal: calle Bilbao, n.º 2, 7.º-H, 50004 Zaragoza; Teléfono: 976-237123; Correo electrónico: info@abpartners.es

Dicha comunicación podrá presentarse en el domicilio postal de la Administración Concursal indicada, o remitirse por correo a dicho domicilio, o efectuarse en su dirección electrónica. No se admitirán comunicaciones de créditos en el Juzgado.

4.º La comunicación de créditos frente a la sociedad concursada "Cogeneración Carbonífera, Sociedad Limitada Unipersonal" se efectuará de conformidad con el artículo 85 de la Ley Concursal, y expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose copia, en forma electrónica en los casos que se haya optado por esta forma de comunicación, del título o de los documentos relativos al crédito.

5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art.º 184.3 Ley Concursal).

Zaragoza, 21 de octubre de 2014.- La Secretaria Judicial.

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