Está Vd. en

Documento BOE-B-2014-38804

PALMA DE MALLORCA

Publicado en:
«BOE» núm. 267, de 4 de noviembre de 2014, páginas 52602 a 52602 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-38804

TEXTO

D. Enrique Díaz Revorio, Secretario del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Palma, por el presente hago saber:

Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º 701/13 y NIG n.º 07040 47 1 2013 0001026 se ha dictado en fecha 08 de octubre de 2014 auto de declaración de concurso necesario ordinario del deudor Binifrima, S.L., con n.º de CIF B-5718722, cuyo centro de intereses principal lo tiene en calle Pou de Sa Sinia, nave 14, puerta 3, polígono industrial de Binissalem.

2º.- Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado.

3º.- Se ha designado, como administración concursal a la mercantil AAB Audit. Mancha, S.L.P., con n.º de CIF B-13556840, y con domicilio en Calle Ramblas, n.º 13, 1.ª, 07003 de Palma de Mallorca, quien ha designado para el ejercicio de las funciones propias de la administración, al auditor de cuentas D. Óscar Bautista Andrés, quien en fecha 15 de octubre de 2014 ha aceptado el cargo.

4º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse ante la administración concursal a la dirección postal: Calle Ramblas, n.º 13, 1.ª, 07003 de Palma de Mallorca, o dirección de correo electrónico oscar@marcoiris.com en el plazo de 1 mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

No se admitirá en el Juzgado comunicación de crédito alguno.

5º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 Ley Concursal).

Palma, 15 de octubre de 2014.- El Secretario Judicial.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid