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Documento BOE-B-2014-38715

Resolución de ADIF-Alta Velocidad por la que se notifica la declaración de innecesariedad y ofrecimiento reversional de terrenos sitos en el término municipal de Becerril de Campos (Palencia).

Publicado en:
«BOE» núm. 266, de 3 de noviembre de 2014, páginas 52500 a 52501 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-B-2014-38715

TEXTO

El Consejo de Administración de ADIF-Alta Velocidad, en el uso de las facultades que le confiere su vigente Estatuto, aprobado por Real Decreto 1044/2013, de 27 de diciembre, ha declarado innecesario para la prestación del servicio ferroviario y desafectado el inmueble que a continuación se describe:

"Rústico: Parcela en el término municipal de Becerril de Campos (Palencia), situada a más de 1.800 m. al lado derecho de la línea convencional Palencia-Coruña, tramo Palencia-Villada, en el Camino San Miguel, s/n y ubicada en el Paraje San Miguel del Otero, formando parte de la Parcela catastral 9016 del Polígono 24. Tiene forma irregular con una extensión superficial de noventa y un mil cuatrocientos cincuenta y tres metros cuadrados (91.453,00 m²) y los siguientes linderos:

Norte: Polígono 28 Parcela 9012, Polígono 27 Parcelas 9014 y 99 del T.M. de Paredes de Nava.

Sur: Polígono 24 Parcelas 11, 12 y 25, T.M. de Becerril de Campos.

Este: Camino Becerril de Campos.

Oeste: Polígono 24 Parcela 7, T.M. de Becerril de Campos"

Según consta en el Inventario de Bienes Inmuebles de ADIF-Alta Velocidad, con motivo de las obras del Proyecto "Corredor Noroeste de Alta Velocidad. Palencia-León. Tramo Palencia-León. Subtramo Becerril de Campos-Valle del Retortillo", la parcela descrita fue adquirida mediante expediente de expropiación forzosa de dieciocho fincas entre las que figuran las identificadas con los códigos L-34.0297-0206 (titulares expropiados D. Lucas Infante Melendro y D.ª M.ª Carmen Gutiérrez Saguillo), L-34.0297-0212 (titular expropiado D. Teófilo Gil Hierro) y L-34.0297-0216 (titular expropiado D. Mariano Gil Herrero), que, como el resto de los terrenos que conforman la indicada parcela de 91.453 m², han resultado declaradas innecesarias del servicio ferroviario y desafectadas.

No pudiendo notificar personalmente a los mencionados titulares expropiados, al no constar su domicilio en el expediente expropiatorio y haber sido infructuosas las gestiones realizadas en el Ayuntamiento de Becerril de Campos para averiguar el mismo, procede realizar dicha notificación de forma pública, de acuerdo con lo previsto en el artículo 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común de 26 de noviembre de 1992, en la redacción recogida en la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Lo que se hace público a los efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 54 y 55 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954 -en la redacción dada por la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación-, y en el artículo 65 de su Reglamento, de 26 de abril de 1957. Las solicitudes de reversión deberán formularse mediante escrito dirigido al Ministerio de Fomento, Dirección General de Ferrocarriles, Servicio de Reversiones (Plaza de los Sagrados Corazones, 7, 28071 Madrid), dentro del plazo de tres meses, contados a partir de la fecha de su publicación.

Madrid, 24 de octubre de 2014.- Director de la Dirección de Patrimonio y Urbanismo de ADIF.

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