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Doña Cristina María Valero Domenech, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia,
Por el presente, hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores núm. 266/2009, habiéndose dictado en fecha 28 de enero de 2014 por el Ilmo/a Sr/a Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia Sentencia de conclusión de concurso Voluntario, declarada firme en fecha 9 de septiembre de 2014, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:
"FALLO.
Que desestimando la demanda incidental formulada por el Procurador de los Tribunales D. Juana A. Rodriguez-Manzaneque Alberca, en nombre y representación de la entidad CAIXABANK, S.A., debo declarar y declaro la conclusión del concurso por insuficiencia de la masa activa. No procede especial pronunciamiento sobre las costas procesales.
Notifíquese la presente resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación.
Así por esta mi sentencia, la pronuncia, manda y firma el Ilmo. Sr. D. José Maria Cutillas Torns, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia. Doy fe.
Leída y publicada fue la anterior sentencia por el Sr. Magistrado-Juez que la suscribe, estando celebrando audiencia pública en el mismo día de su fecha, con mi asistencia y en el local del Juzgado, de lo que doy fe."
Valencia, 6 de octubre de 2014.- La Secretaria Judicial.
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