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Documento BOE-B-2014-37757

Anuncio de la Delegación Territorial en Córdoba de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo de la Junta de Andalucía por el que se somete a información pública el proyecto denominado "Proyecto de Modificación Aérea de Línea Eléctrica 66 kV Cordobilla-Jauja-Procerán y Línea Eléctrica 66 kV Lucena-Montilla-Procerán para eliminación del apoyo n.º 54 de entronque en el T.M. de Aguilar de la Frontera (Córdoba)" a efectos de Autorización Administrativa, Aprobación del Proyecto de Ejecución y reconocimiento, en concreto, de utilidad pública. Ref. Expedientes A.T. 427/05 y AT 51/92.

Publicado en:
«BOE» núm. 260, de 27 de octubre de 2014, páginas 51243 a 51244 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Andalucía
Referencia:
BOE-B-2014-37757

TEXTO

A los efectos previstos en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, en los artículos 115, 124, 125 y 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, se somete a información pública la instalación eléctrica que a continuación se indica, a efectos de autorización administrativa, aprobación de proyecto de ejecución y reconocimiento, en concreto, de utilidad pública, que lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes y derechos afectados, e implicará la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954 y Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa, aprobado por Decreto de 26 de abril de 1957.

Descripción de la instalación

a) Peticionario: Endesa Distribución Eléctrica, S.L. (unipersonal), con domicilio a efectos de notificaciones en Sevilla, Avda. de la Borbolla, n.º 5.

b) Lugar donde se va a establecer la instalación: Modificación aérea de L/66kV. Cordobilla-Jauja-Procerán y L/66 kV. Lucena-Montilla-Procerán en el término municipal de Aguilar de la Frontera (Córdoba).

c) Finalidad de la instalación: Separación de las dos líneas, para una mejor distribución de energía eléctrica en al zona.

d) Características principales: Sustitución del apoyo n.º 54, común a las líneas a 66 kV. Cordobilla-Jauja-Procerán y Lucena Montilla Procerán, por un nuevo apoyo con el fin de separar dichas líneas, redenominándose Cordobilla-Lucena y Jauja-Procerán. También está prevista la apertura de puentes en el apoyo n.º 84 de la línea Cordobilla-Jauja-Procerán para dotar de una nueva doble alimentación a la subestación Procerán mediante las redenominadas líneas Jauja-Procerán y Montilla-Procerán.

A estos efectos en el anexo adjunto se incluye la relación concreta e individualizada de los bienes y derechos afectados por el procedimiento de expropiación forzosa, con indicación de los propietarios.

Lo que se hace público para que puedan ser examinados el proyecto y la documentación para la tramitación de la instalación en esta Delegación Territorial de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo de la Junta de Andalucía, sita en calle Tomás de Aquino, s/n, Córdoba, y formularse al mismo las reclamaciones, por triplicado, que se estimen oportunas en el plazo de treinta días, contados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio. Asimismo, de acuerdo con el artículo 56 del Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa, en el indicado plazo, los afectados podrán aportar los datos oportunos a los solos efectos de rectificar posibles errores en la relación indicada, así como formular las alegaciones procedentes, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 161 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.

Afecciones derivadas de la expropiación, a tenor de lo establecido en el artículo 54 y siguientes de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico:

a) Para los apoyos, expropiación de pleno dominio.

b) Para el vuelo de la línea, constitución de servidumbre forzosa de paso de energía eléctrica, con la prohibición de construir o realizar edificaciones o plantaciones de cualquier tipo, excediendo las distancias mínimas reglamentarias.

c) Derecho de acceso o de paso a la finca, para realizar las reparaciones, mantenimiento, etc.

d) Ocupación temporal de la parcela, durante el tiempo de ejecución de las instalaciones.

LINEA 66 KV JAUJA – PROCERÁN

AFECCIONES

ZONA DE SERVIDUMBRE

APOYOS

OCUPACIÓN TEMPORAL

N.º FINCA S/PROYECTO

POLÍGONO

N.º PARCELA S/CATASTRO

TÉRMINO MUNICIPAL

PARAJE

USO

NOMBRE Y APELLIDOS

LONG. (ML)

SUPERF. (M2)

APOYOS (Nº)

SUPERF. (M2)

SUP. OCUPACIÓN POR ACOPIO DE MATERIAL Y MONTAJE (M2)

1

38

19

AGUILAR DE LA FRONTERA

MINGO LECHIN

OLIVAR

MARÍA TERESA VARGAS REINA

255

2327

2

(N.º 53 Y 54)

80

3.927

LINEA 66 KV CORDOBILLA - LUCENA

AFECCIONES

ZONA DE SERVIDUMBRE

APOYOS

OCUPACIÓN TEMPORAL

N.º FINCA S/PROYECTO

POLÍGONO

N.º PARCELA S/CATASTRO

TÉRMINO MUNICIPAL

PARAJE

USO

NOMBRE Y APELLIDOS

LONG. (ML.)

SUPERF. M2)

APOYOS (N.º)

SUPERF. (M2)

SUP. OCUPACIÓN POR ACOPIO DE MATERIAL Y MONTAJE (M2)

1

38

19

AGUILAR DE LA FRONTERA

MINGO LECHÍN

OLIVAR

MARÍA TERESA VARGAS REINA

164

1670

2

38

15

AGUILAR DE LA FRONTERA

MINGO LECHÍN

OLIVAR

CÉSAR VITORICA YLLERA

66

550

Córdoba, 9 de octubre de 2014.- El Delegado Territorial, José Ignacio Expósito Prats.

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