Edicto
En el presente procedimiento juicio ordinario 322/2012, seguido a instancia de Illice Internacional, S.A., frente a Juan José Pérez Ruiz se ha dictado sentencia, que se encuentra en la Secretaría de este Juzgado y cuyo fallo es el siguiente:
Que con estimación íntegra de la demanda presentada por la Procuradora doña María Dolores López Campra, en nombre y representación de la entidad mercantil Illice Internacional, S.A., contra don Juan José Pérez Ruiz, debo condenar y condeno a don Juan José Pérez Ruiz a que pague a la entidad mercantil Illice Internacional, S.A., la cantidad de 11.374,14 euros, más los intereses explicitados en el fundamento de derecho tercero. Todo ello con expresa condena en costas procesales a la parte demandada.
Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme y que contra ella cabe interponer recurso de apelación, el cual deberá interponerse en este Juzgado en el plazo de veinte días a contar desde la fecha de su efectiva notificación. De conformidad con la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, la interposición del recurso de apelación exige el pago de la tasa judicial de 800 euros más la cantidad variable que resulte de multiplicar 0,5 a la cantidad objeto del pleito.
Y encontrándose dicho demandado, Juan José Pérez Ruiz, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.
Almería, 6 de octubre de 2014.- El/la Secretario/a judicial.
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