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Documento BOE-B-2014-37125

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 257, de 23 de octubre de 2014, páginas 50416 a 50416 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-37125

TEXTO

Don José María Valls Soriano, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de Barcelona y provincia,

Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 692/2014 en el que se ha dictado con fecha 23 de septiembre de 2014 auto declarando en estado de concurso a la entidad GRUP BRIGOLA, S.L., con CIF B226418 y mandando darle publicidad con los siguientes datos:

NIG del procedimiento: 08019-47-1 -2014- 8005726.

Tipo de concurso: Voluntario. Se ordena la intervención por la administración concursal de las facultades de administración y disposición de la entidad en concurso

Concursada: GRUP BRIGOLA, S.L., con domicilio en crtra. de Barcelona a Santa Cruz de Calafeli, n.° 73, de Sant Boi de Llobregat.

Administrador concursal: Don Sergio Sabini Celio, con domicilio en calle Valencia, n.° 231, 5.° 4, de Barcelona, con correo electrónico: swsabini@sabini.es.

Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85 de la Ley concursal: Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la Administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito. El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.

Barcelona, 7 de octubre de 2014.- El Secretario Judicial.

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