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Documento BOE-B-2014-36681

PAMPLONA

Publicado en:
«BOE» núm. 254, de 20 de octubre de 2014, páginas 49834 a 49834 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-36681

TEXTO

El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Pamplona/Iruña, anuncia:

Que en el procedimiento concursal número 0000216/2014, referente al concursado Playing For Learning, S.L., con CIF número B 71062319 y domicilio social en calle E, 3 1.º C, de Mutilva/Mutiloa, por decreto de fecha 10 de septiembre de 2014 se ha acordado lo siguiente:

1. Abrir de oficio la fase de liquidación de la entidad Playing For Learning, S.L., formándose con testimonio de esta resolución la sección 5.ª, que comprenderá lo relativo a la liquidación, cuyo original se unirá a la sección 1.ª.

2. Declarar la disolución de la referida sociedad.

3. La situación del concursado durante la fase de liquidación será la de suspensión del ejercicio de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, con todos los efectos establecidos para ella en el título III de la Ley Concursal.

4. Acordar el cese de los Administradores sociales y su sustitución por el Administrador concursal designado en este procedimiento, a fin de proceder a la liquidación de la sociedad de conformidad con lo establecido en la Ley, a cuyo fin deberá presentar en el plazo improrrogable de quince días desde la notificación de la presente resolución, un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa de la concursada, conforme a lo dispuesto en el art. 148 de la LC.

5. Dese publicidad a la presente resolución mediante la publicación de su parte dispositiva en el BOE de forma gratuita y en el tablón de anuncios del Juzgado.

6. Expídase mandamiento al Registrador Mercantil de Navarra, comprensivo de los datos de identificación y parte dispositiva de esta resolución a fin de que se proceda a la inscripción de lo acordado.

Hágase entrega de los despachos al Procurador de la concursada para que cuide de su diligenciado, una vez sea firme la presente, cosa que deberá acreditar a este Juzgado en el plazo de diez días.

Modo de impugnación. Esta resolución no es firme, y contra la misma cabe interponer recurso de reposición ante el Secretario judicial que la dictó, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de cinco días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículos 451 y 452 de la LEC).

Pamplona/Iruña, 10 de septiembre de 2014.- El/La Secretario/a judicial.

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