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Documento BOE-B-2014-35475

PONTEVEDRA

Publicado en:
«BOE» núm. 247, de 11 de octubre de 2014, páginas 48122 a 48122 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-35475

TEXTO

Don José Tronchoni Albert, Secretario judicial en sustitución del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Pontevedra, por el presente hago saber:

1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º Sección I Declaración Concurso 0000257/2014-C- y NIG n.º 36038 47 1 2014 0000206 se ha dictado en fecha 12 de septiembre del 2014 auto de declaración de concurso voluntario abreviado del deudor PLASOLGA, S.L., con CIF número B-27.724.350 y domicilio social en avenida de Galicia, número 48, 3.º C, CP 36400 de O Porriño. Inscrita en el Registro Mercantil de Pontevedra al Tomo 3526, Libro 2526, Folio 1, Hoja PO-47377, inscripción 1.ª.

2.º Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición que ejercerá la Administración concursal. Se ha designado, como Administración concursal a la economista Natalia Rodríguez Pereira, con despacho profesional en polígono industrial A Granxa, Edificio Cie, Oficina número 14, ( 36400) O Porriño, y correo electrónico nataliarodriguez@nayesconsulting.com, para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.

3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la último fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

4.º Asimismo, se ha acordado la apertura de la fase de liquidación, por petición de la concursada. Se ha declarado disuelta la entidad concursada, PLASOLGA, S.L. y el cese de los Administradores sociales, que son sustituidos por la Administración concursal. Se han declarado vencidos los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de los que consistan en otras prestaciones

Pontevedra, 22 de septiembre de 2014.- El Secretario judicial.

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