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Documento BOE-B-2014-34884

PALMA DE MALLORCA

Publicado en:
«BOE» núm. 243, de 7 de octubre de 2014, páginas 47303 a 47303 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-34884

TEXTO

Don José Luis Garrido de Frutos, Secretario del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Palma de Mallorca, por el presente, hago saber:

1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º 597/14 y NIG n.º 07040 47 1 2014 0000947 se ha dictado en fecha 15 de septiembre de 2014, auto de declaración de concurso voluntario ordinario de los deudores:

BK Alquiler Coches S.L. con domicilio en la carretera Aeropuerto KM 5,800 San Jordi de Ses Salines, Sant Joseph de Sa Talaia Ibiza con CIFI B-07775745

2.º Se ha acordado la intervención por la administración concursal de las facultades de administración y disposición de la entidad concursada.

3.º Que ha sido nombrado como Administradora concursal José Barceló Miralles, quien en fecha 1 de octubre de 2014 ha aceptado el cargo.

4.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse ante la administración concursal a la dirección postal: Miquel Marques, numero 10-A bajos, 07005 Palma de Mallorca, o a través de la página Web: concursobkalquileres@gmail.com, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (Art. 184.3 Ley Concursal).

Palma de Mallorca, 1 de octubre de 2014.- El Secretario judicial.

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