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Documento BOE-B-2014-34658

MISLATA

Publicado en:
«BOE» núm. 242, de 6 de octubre de 2014, páginas 46989 a 46990 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2014-34658

TEXTO

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 2 de Mislata,

Doy fe y testimonio: Que en los autos de extravío de pagarés núm. 431/14, seguidos a instancia de Julián Jacinto Morales Valle y M.ª Pilar Villar Tamarit se ha dictado la siguiente resolución:

"Auto

Juez/Magistrado-Juez.

Sr./a. Julia María Mínguez Roca.

En Mislata a tres de septiembre de 2014.

Antecedentes de hecho

Primero.-Por D. Juan B. Moya Sánchez en nombre y representación de D. Julián Jacinto Morales Valle y M.ª Pilar Villar Tamarit se presentó ante éste Juzgado solicitud de denuncia civil promoviendo expediente judicial sobre pérdida, sustracción o destrucción de Letra de Cambio.

La solicitud presentada tiene como origen el extravío por los demandantes de las letras de cambio número 1053879, serie OA, clase 4.ª, de cuantía de 11.000 euros, con vencimiento el día 27 de mayo de 2005, en la que figura como librador don José Monge Llinás y librado los cónyuges doña M.ª Pilar Villar Tamarit y don Julián Jacinto Morales Valle, y de la letra número 2183744, serie OA, clase 4.ª, de cuantía de 6.000 euros, con vencimiento el día 27 de mayo de 2005, en la que figura como librador don José Monge Llinás y librado los cónyuges doña M.ª Pilar Villar Tamarit y don Julián Jacinto Morales Valle.

Segundo.- Admitida a trámite la solicitud presentada, se dio traslado de la misma al librador de la letra de cambio, cuya sustracción se denuncia parea que en el término de 10 días pudiera formular alegaciones ante el Juzgado, admitiéndose la prueba testifical, y la documental propuesta por el solicitante, las que se practicaron con el resultado que obra en autos.

Fundamentos de derecho

Único.- Por los documentos aportados y de la declaración prestada por D. Eugenio José Monge Canal, permite deducir la veracidad de los hechos denunciados, por lo que de conformidad a lo dispuesto en el art. 85 de la Ley Cambiaria y del Cheque, deberá continuarse el procedimiento iniciado, publicándose inmediatamente la denuncia en el Boletín Oficial del Estado llamando al tenedor del título sustraído para que en el plazo de un mes pueda comparecer en el expediente y formular oposición.

Parte dispositiva

Acuerdo: Publicar inmediatamente la denuncia formulada por D. Juan B. Moya Sánchez en nombre y representación de D. Julián Jacinto Morales Valle y D.ª M.ª Pilar Villar Tamarit en el Boletín Oficial del Estado llamando al tenedor del título sustraído, para que en el plazo de un mes pueda comparecer en el expediente y formular oposición.

Modo de impugnación: Recurso de reposición en el plazo de cinco días ante éste Tribunal.

Para la admisión del recurso se deberá acreditar haber constituido en la cuenta de depósitos y consignaciones de éste órgano, un depósito de 25 euros, salvo que el recurrente sea beneficiario de justicia gratuita, el Ministerio Fiscal, el Estado, la Comunidad Autónoma, entidad local u organismo autónomo dependiente de alguno de los anteriores.

Así lo acuerda y firma SS.ª. Doy fe.

El/La Juez/Magistrado. El/La Secretario judicial.

Siguen firmas."

Y para que conste, y en cumplimiento de lo ordenado, y para que sirva de notificación en forma legal expido y firmo el presente en

Mislata, 3 de septiembre de 2014.- El Secretario judicial, Juan Ramón Segovia Calvo.

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