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Documento BOE-B-2014-34367

Resolución de la Dirección General de Desarrollo Rural y Política Forestal, por la que se somete a información publica la relación de bienes y derechos afectados y se fija fecha para el levantamiento de Actas Previas a la Ocupación de los bienes y derechos necesarios para la realización del "Proyecto de modernización de regadíos de las Vegas del Guadalquivir. Vegas Altas. Sector II. Provincia de Jaén". Entidad beneficiaria: Comunidad de Regantes del Sector II de la Zona Alta de las Vegas del Guadalquivir. Expediente: 11.21.301.

Publicado en:
«BOE» núm. 239, de 2 de octubre de 2014, páginas 46514 a 46516 (3 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
Referencia:
BOE-B-2014-34367

TEXTO

La Ley 55/1999, de 29 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social (publicada en BOE n.º 312, de 30 de diciembre de 1999), en su artículo 75, apartado Uno a, declara de interés general obras de modernización y consolidación de los regadíos de determinadas Comunidades de Regantes, entre otras las del "Sector II, Vegas Altas del Río Guadalquivir, Santo Tomé (Jaén)". Dicha declaración lleva implícita la declaración de utilidad pública a los efectos previstos en los artículos 9, 10 y 11 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954 y la de urgencia a los efectos de la ocupación de los bienes afectados a que se refiere el artículo 52 de dicha Ley. El "Proyecto de Modernización de regadíos de las Vegas del Guadalquivir. Vegas Altas. Sector II. Provincia de Jaén", se aprueba mediante Resolución de la Dirección General de Desarrollo Rural y Política Forestal, de fecha 7 de octubre de 2013.

El expediente expropiatorio se inicia por Orden del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente de fecha 5 de septiembre de 2014.

Procede, en consecuencia, someter a trámite de información pública los bienes y derechos afectados por las expropiaciones necesarias para la ejecución del presente proyecto, con especificación de su naturaleza y titularidad a los efectos previstos en el artículo 56 del Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa.

Todos los interesados que pudieran resultar afectados como consecuencia de la expropiación podrán formular cuantas alegaciones estimen oportunas, a los solos efectos de la subsanación de los posibles errores que se hayan producido al relacionar los bienes y derechos afectados.

Los escritos de alegaciones se dirigirán a la entidad beneficiaria, Comunidad de Regantes del Sector II de la Zona Alta de las Vegas del Guadalquivir, calle Escuelas, n.º 2, 23311 Santo Tomé (Jaén), disponiendo como plazo para realizar las mismas, hasta el día señalado para el levantamiento de Actas Previas a la Ocupación.

La relación de bienes y derechos afectados, que se adjunta, podrá examinarse, a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución, en el "Boletín Oficial del Estado", en el "Boletín Oficial de la Provincia de Jaén", y en las oficinas de la Comunidad de Regantes del Sector II de la Zona Alta de las Vegas del Guadalquivir, sitas en el domicilio anteriormente indicado, así como en las dependencias del Ayuntamiento de Villacarrillo (Jaén).

La inclusión de bienes de dominio público en la relación adjunta de bienes y derechos afectados que se somete a la referida información pública, a tenor de lo establecido en el artículo 6.a) de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de Patrimonio de las Administraciones Públicas, se realiza a los solos efectos de posibles intereses que terceras personas puedan alegar sobre dichos bienes, sin perjuicio de que simultáneamente se tramite el procedimiento establecido para obtener la disponibilidad de dichos terrenos con las Administraciones correspondientes, en virtud del principio de cooperación que rige en sus relaciones, según dispone el artículo 3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Al mismo tiempo, en aplicación del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954, esta Dirección General ha resuelto proceder a la convocatoria de los propietarios de los bienes y derechos afectados, para que el día 21 de octubre de 2014, comparezcan en el Ayuntamiento de Villacarrillo, o en las dependencias que a tal efecto designe dicho Ayuntamiento, al objeto de levantamiento de Actas Previas a la Ocupación y si procediera, las de ocupación definitiva, con desplazamiento, en su caso, a la finca afectada para la toma de datos si fuera preciso.

Además de los medios antes citados, se dará cuenta del señalamiento a los interesados, mediante citación individual y a través de la inserción del correspondiente anuncio en el "Boletín Oficial del Estado", en el "Boletín Oficial de la Provincia de Jaén" y, en formato resumen, en dos diarios de la provincia de Jaén.

La publicación en el "Boletín Oficial del Estado", a tenor de lo dispuesto en el artículo 59 de la vigente Ley 30/1992, de 26 de noviembre de 1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, así como las correspondientes publicaciones en el "Boletín Oficial de la Provincia de Jaén", en dos diarios de la provincia de Jaén, en formato resumen, y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento referenciado anteriormente, servirán como notificación a los posibles interesados no identificados, a los titulares de bienes y derechos afectados que sean desconocidos y aquellos de los que se ignore su paradero.

Las operaciones podrán continuarse en días y horarios posteriores si fuera preciso, bastando a tal efecto el anuncio verbal en la jornada que se trate y con ocasión del levantamiento de la última acta que se extienda, haciéndose saber públicamente a los asistentes.

A dicho acto deberán comparecer los titulares de bienes y derechos que se expropian, personalmente o representados por persona debidamente autorizada por cualquier medio válido en derecho, aportando los documentos acreditativos de su titularidad, el último recibo justificativo del pago del Impuesto de bienes inmuebles, certificación catastral y cédula urbanística, en su caso, pudiendo hacerse acompañar a su costa, y si lo estiman oportuno, de Peritos y Notarios.

Según lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954, durante el transcurso del acto se propondrá la adquisición de los bienes y derechos afectados de mutuo acuerdo.

La presente publicación se hace, además, a los efectos previstos en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de la Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y en el artículo 32.5 del Reglamento para la ejecución de la Ley Hipotecaria.

En el presente expediente expropiatorio la Comunidad de Regantes del Sector II de la Zona Alta de las Vegas del Guadalquivir ostenta la condición de entidad beneficiaria.

ANEXO: Relación de bienes y derechos afectados para la realización del "Proyecto de Modernización de regadíos de las Vegas del Guadalquivir. Vegas Altas. Sector II. Provincia de Jaén". Entidad beneficiaria: Comunidad de Regantes del Sector II de la Zona Alta de las Vegas del Guadalquivir. Expediente: 11.21.301.

FINCA

POL

PARC

TITULAR

Nº ARQUETAS

EXPRO (m2)

SERV (m2)

O.T (m2)

USO/ CULTIVO CATASTRAL

FECHA

HORA

T.M. VILLACARRILLO

01-001

39

45

Miguel Mora Cabrera

-

0

205

544

L. Regadío

21/10/2014

9:00

01-002

39

47

C.H. del Guadalquivir

-

0

94

244

Pastos

21/10/2014

9:00

01-003

39

48

C.H. del Guadalquivir

-

0

163

434

Pastos

21/10/2014

9:00

01-004

39

61

Miguel Mora Cabrera

-

0

320

720

Olivar Reg.

21/10/2014

9:00

01-005

39

203

Federico Lopezosa Castellano

4

100

2.007

4.524

Olivar Sec.

21/10/2014

9:30

01-006

39

298

Mateo Cabrera Hidalgo

-

3.405

39

104

Olivar Sec.

21/10/2014

9:30

01-007

39

299

Josefina Moreno Figueroa

-

772

0

0

Olivar Sec.

21/10/2014

10:00

01-008

39

300

Clara Moreno Torres

-

1.033

0

0

Olivar Sec.

21/10/2014

10:30

01-009

39

301

Cristóbal Moreno Company

-

2.327

0

0

Olivar Sec.

21/10/2014

11:30

01-010

39

302

Francisco Mora Martinez

-

6.953

0

0

Olivar Sec.

21/10/2014

11:00

01-011

39

303

Antonio Hidalgo Martinez

-

3.696

0

0

Olivar Sec.

21/10/2014

12:00

01-012

39

304

Ana Hidalgo Martinez

-

4.343

0

0

Olivar Sec.

21/10/2014

11:30

01-013

39

305

Herederos de Isabel Cabrera Hidalgo

-

543

0

0

Olivar Sec.

21/10/2014

12:00

01-014

39

516

Mateo Cabrera Hidalgo

-

323

0

0

L. Regadío

21/10/2014

12:30

01-015

39

9001

Ayuntamiento de Villacarrillo

-

0

31

69

Suelo sin edificar

21/10/2014

13:00

01-016

39

9014

Ayuntamiento de Villacarrillo

-

0

33

40

Camino

21/10/2014

13:00

01-017

39

9017

Ayuntamiento de Villacarrillo

-

0

115

267

Camino

21/10/2014

13:00

01-018

39

9018

Ayuntamiento de Villacarrillo

-

0

9

21

Camino

21/10/2014

13:00

01-019

39

510

Rodrigo Quesada Moraga y María Francisca Roa González

-

0

484

1.089

Olivar Sec.

21/10/2014

13:00

01-020

39

512

Manuel Roa González y Lorenza Herrera Torres

2

50

504

1.135

Olivar Sec.

21/10/2014

13:00

01-021

39

515

Andrés Roa González y María Carmen Navarrete Garcia

-

14.217

0

0

Olivar Sec.

21/10/2014

10:00

Madrid, 16 de septiembre de 2014.- El Subdirector General de Regadíos y Economía del Agua, Joaquín Rodríguez Chaparro.-La Ministra de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, P.D. (Orden AAA/838/2012, de 20 de abril "BOE" n.º 98, de 24-4-2012) modificada por (Orden AAA/1402/2012, de 19 junio y Orden AAA/443/2013, de 13 de marzo), la Directora General de Desarrollo Rural y Política Forestal, Begoña Nieto Gilarte.

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