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Documento BOE-B-2014-34255

OVIEDO

Publicado en:
«BOE» núm. 239, de 2 de octubre de 2014, páginas 46347 a 46347 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-34255

TEXTO

D. Andrés Prada Horche, Secretario Judicial del Jdo. de lo Mercantil n.º 2 de Oviedo, anuncia:

Que en la Sección V de Liquidación 219/13, referente al concursado "Promociones Occidente de Villayon, S.A.", por auto de fecha 9 de septiembre de 2014, se ha acordado lo siguiente:

Declarar la conclusión del concurso 219/13, en el que figuraba como concursada Promociones Occidente de Villayón, S.A., al comprobarse la inexistencia de bienes y derechos del concursado ni de terceros responsables con los que satisfacer a los acreedores.

Contra este auto no cabrá recurso alguno.

Notifíquese esta resolución a las partes y procédase a la publicación de edictos en el BOE y en el Registro Concursal.

Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación.

El deudor quedará responsable del pago de los créditos restantes. Los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso.

Se acuerda la extinción de la persona jurídica concursada, disponiéndose el cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil de Asturias, a cuyo efecto se expedirá mandamiento conteniendo testimonio de la resolución firme.

La conclusión del concurso no obstará a su reapertura del concurso, que será declarada por este mismo juzgado, en caso de que con posterioridad a esta resolución aparezcan bienes y derechos titularidad del concursado.

Procede igualmente aprobar la rendición de cuentas formulada por la administración concursal.

Oviedo, 9 de septiembre de 2014.- El Secretario Judicial.

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