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Documento BOE-B-2014-33751

PALMA DE MALLORCA

Publicado en:
«BOE» núm. 236, de 29 de septiembre de 2014, páginas 45719 a 45719 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-33751

TEXTO

Don José Luis Garrido de Frutos, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Palma de Mallorca, por el presente,

Hago saber:

1.º Que en sección I declaración concurso 0000572 /2014, seguido en este órgano judicial se ha dictado en fecha 16 de septiembre de 2014 auto de declaración de concurso de Fesema Construccions, S.L., con CIF: B-57720880, cuyo centro de intereses principales lo tiene en calle Ses Jovades, n.º 30, 1.º, Santa Margalida, Illes Balears.

2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición del deudor.

3.º Que se ha nombrado Administradora de dicho concurso a la Abogada doña María Pilar Rubí Salom, con DNI 78.212.670-C, quien ha aceptado el cargo con fecha 24 de septiembre de 2014.

4.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC.

Dicha comunicación deberá presentarse ante la Administración concursal a la dirección postal calle Sindicat, n.º 67, 1.º Dcha. (07002) Palma de Mallorca o dirección de correo electrónico pilar.rubi.salom@icaib.org, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

No se admitirá en el Juzgado comunicación de crédito alguno.

5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 LC).

Palma de Mallorca, 24 de septiembre de 2014.- El Secretario Judicial.

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