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Documento BOE-B-2014-32883

HUELVA

Publicado en:
«BOE» núm. 231, de 23 de septiembre de 2014, páginas 44547 a 44548 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2014-32883

TEXTO

Edicto.

Cédula de Notificación.

En el procedimiento Procedimiento Ordinario 1501/2013, seguido en el Juzgado de 1.ª Instancia n.º 1 de Huelva, a instancia de Pura Rabaneda Fernández, Eva Rabaneda Fernández, María Elena Rabaneda Fernández y Antonio Rabaneda Fernández, contra Promociones Residenciales El Portil, S.A., sobre Declaración de Voluntad, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

Sentencia n.º: 100/14

En la ciudad de Huelva, a trece de junio de dos mil catorce.

Vistos por la Sr.ª Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia n.º 1 de esta ciudad, D.ª Susana Caballero Valentín los autos de Juicio Ordinario n.º 1501/13, seguidos a instancia de Doña Eva Rabaneda Fernández, Doña Pura Rabaneda Fernández, Doña María Elena Rabaneda Fernández, Don Antonio Rabaneda Fernández, representado por el Procurador de los Tribunales don Enrique Hinojosa de Guzmán Alonso, y asistido del Letrado doña Raquel Carrasco Sanz, contra Promociones Residenciales El Portil, S.A., declarado en rebeldía, en nombre de S.M. El Rey, procedo a dictar la siguiente resolución con base a los siguientes

Fallo

Que en la demanda interpuesta por el Procurador de los Tribunales don Enrique Hinojosa de Guzmán Alonso, en nombre y representación Doña Eva Rabaneda Fernández, Doña Pura Rabaneda Fernández, Doña María Elena Rabaneda Fernández, Don Antonio Rabaneda Fernández, contra Promociones Residenciales El Portil, S.A.

1º.- Desestimo íntegramente la demanda interpuesta, absolviendo a la entidad demandada de los pedimentos formulados en su contra.

2º.- Condeno a la parte actora al pago de las costas procesales causadas en el presente procedimiento.

Notifíquese la presente resolución a las partes, indicando que contra la misma cabe interponer recurso de Apelación, del que conocerá la Audiencia Provincial de Huelva, debiendo interponerse ante este Juzgado, en el plazo de veinte días contados desde el día siguiente a la notificación de la resolución, debiendo exponer las alegaciones en que se base la impugnación, y citar la resolución apelada y los pronunciamientos que se impugna (artículo 458 LEC en su redacción dada por la Ley 37/2011, de 10 de octubre, de agilización procesal) y previa constitución del depósito de 50 euros en la cuenta de Depósitos y Consignaciones abierta a nombre del Juzgado, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 458 de la LEC y la disposición adicional decimoquinta de la Ley 1/09, de 3 de noviembre, de modificación de la Ley 6/1985 del Poder Judicial).

Así por esta mi Sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al/a los demandado/s Promociones Residenciales El Portil, S.A.,, extiendo y firmo la presente.

Huelva, 18 de junio de 2014.- El/La Secretario.

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