Por el presente anuncio, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 59.5 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, y dado que no ha podido ser efectuada la notificación por segunda vez en su último domicilio social conocido, se comunica de conformidad con lo establecido en el art. 324 del Reglamento de Dominio Público Hidráulico, y ante el incumplimiento de la Resolución dictada por Confederación Hidrográfica del Guadiana con fecha 03/04/2012 en E.S. 445/08/BA se establece un último y definitivo plazo de un mes, para proceder a la retirada de la alambrada de la zona de servidumbre y a solicitar la correspondiente autorización administrativa para el cerramiento ubicado en zona de policía, advirtiéndole de que en caso contrario, se procedería a la imposición de una multa coercitiva, que podrá alcanzar hasta el 10% de la sanción máxima fijada para la infracción cometida, siendo ésta de 6.010,12 euros, a tenor de lo establecido en el artículo 117 del referido Real Decreto Legislativo 1/2001.
Badajoz, 10 de enero de 2014.- El Comisario de Aguas.
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