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Documento BOE-B-2014-31950

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Publicado en:
«BOE» núm. 225, de 16 de septiembre de 2014, páginas 43246 a 43246 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-31950

TEXTO

Edicto

Cédula de notificación

Don Eduardo José Rebollo Sanz, Secretario judicial del Juzgado Mercantil n.º 2 de Las Palmas,

Por el presente se hace saber que en el procedimiento concursal n.º 48/2012, seguido a instancia del Procurador D. José Luis Ojeda Delgado, en nombre y representación de la entidad mercantil ANFREMA, S.L. con CIF B35094663 se ha dictado Auto de fecha 31 de julio de 2014, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

Se acuerda la apertura de la fase de liquidación y el cierre de la fase común.

De la presente resolución dese la publicidad que establecen los artículos 23 y 24 de la Ley Concursal.

Se acuerda la suspensión del concursado en el ejercicio de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, con todos los efectos establecidos para ella en el título III de la presente Ley.

Se declara la disolución y, en su caso, el cese de los administradores o liquidadores, que serán sustituidos por los administradores concursales para proceder de conformidad con lo establecido en este Ley Concursal.

Se declara asimismo el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados si los hubiera y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones.

Se hace saber a los administradores que en el plazo de quince días desde la notificación de la presente resolución, deberán presentar un plan para la realización de los bienes y derechos en los términos establecidos en el artículo 148.1 de la Ley Concursal. Asimismo deberán presentar cada tres meses, un informe sobre el estado de las operaciones de la liquidación, que quedará de manifiesto en la Secretaría del Juzgado. El incumplimiento de esta obligación podrá determinar la aplicación de las sanciones previstas en los artículos 36 y 37 de la Ley Concursal.

Notifíquese la presente resolución al concursado, a la administración concursal y a todas las partes personadas en el procedimiento.

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto.

Las Palmas de Gran Canaria, 1 de septiembre de 2014.- El Secretario judicial.

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