Está Vd. en

Documento BOE-B-2014-31302

Anuncio de corrección de errores del anuncio de la notaría de don Vicente Miguel Mestre Soro, Notario de Esparreguera, de procedimiento extrajudicial de subasta.

Publicado en:
«BOE» núm. 219, de 9 de septiembre de 2014, páginas 42369 a 42370 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - A. Anuncios de licitaciones públicas y adjudicaciones
Departamento:
Otros Poderes Adjudicadores
Referencia:
BOE-B-2014-31302

TEXTO

Don Vicente Miguel Mestre Soro, Notario del Ilustre Colegio de Cataluña, con residencia en Esparreguera,

Hago saber:

I.- Que en la notaría a mi cargo, situada en la avenida Francesc Marimón, número 67-bis, primer piso, de Esparreguera (Barcelona), se tramita venta extrajudicial, conforme al artículo 129 de la Ley Hipotecaria, número de expediente provisional 1/2014 y a requerimiento de don Antoni Quintana Mas, de la siguiente finca hipotecada:

Urbana.-Una casa de un cuerpo, con frente a la calle Ferrán Puig, número ocho, de este municipio de Esparreguera, que consta de planta baja, una planta alta y desván o trastero, cuya superficie total construida suma ciento cincuenta y seis metros cuadrados.

Inscripción.-En el Registro de la Propiedad de Martorell número dos, al tomo 2.480, libro 216 de Esparreguera, folio 105, finca registral número 14.915.

Referencia catastral.-5696136DF0959N0001SR.

Arrendamientos.- La parte hipotecante declaró en la escritura de constitución de la hipoteca que la descrita finca estaba libre de arrendatarios.

Vivienda habitual.-La parte acreedora manifestó en el acta de requerimiento que la finca descrita sí constituía la vivienda habitual de la parte deudora.

II.- Que en el B.O.E número 213, de fecha dos de septiembre de dos mil catorce, se publicó en este mismo medio un anuncio sobre la venta extrajudicial y subasta de la misma finca descrita que contenía varios errores y que ha de tenerse por sustituido íntegramente por el presente.

III.- Que, procediendo la subasta de la finca, la misma se llevará a cabo en la forma prevenida por el artículo 129 de la Ley Hipotecaria en la redacción dada por la Ley 1/2013, de 14 de mayo, la Ley de Enjuiciamiento Civil y, en lo que no fuere incompatible, por lo dispuesto en los artículos 236 y siguientes del Reglamento Hipotecario; haciéndose saber a continuación sus bases que sustituyen las contenidas en el anuncio erróneo referido en el apartado anterior:

1.º La subasta será electrónica en caso de hallarse en funcionamiento el portal de subastas que debe disponer la Agencia Estatal del Boletín Oficial del Estado, y en caso contrario tendrá lugar en la notaría a mi cargo, situada en la avenida Francesc Marimón, número 67 bis, piso primero, de Esparreguera (Barcelona), con arreglo al Reglamento Hipotecario. La subasta única se celebrará el día 20 de octubre de 2014, a las 16:00 horas.

Siendo el tipo de subasta el precio tasado fijado en la escritura de constitución de la hipoteca, que es la cantidad de ciento ochenta mil (180.000 euros).

2.º Para tomar parte en la subasta los postores o licitadores, que no sean el acreedor, deberán haber cumplido con los siguientes requisitos:

a. Identificarse de forma suficiente con documento de identidad o pasaporte vigente.

b. Declarar que conocen las condiciones generales y particulares de la subasta.

c. Y acreditar haber depositado, como consignación, en dinero efectivo, una cantidad equivalente al cinco por ciento (5%) del tipo de subasta indicado, mediante su ingreso en la cuenta corriente abierta a nombre del notario que suscribe número ES50.2100.5979.11.0200065813 de la sucursal número 5979 de la entidad "Caixabank, S.A.", sita en la avenida Francesc Marimón, número 90, de Esparreguera (Barcelona), o, en su defecto, acreditar haber prestado aval bancario por el cinco por ciento de dicho tipo.

3.º La documentación y la certificación registral a que se refiere la legislación aplicable están de manifiesto en la indicada notaría de lunes a viernes, de 09,30 a las 14,00 horas, entendiéndose que todo licitador por el solo hecho de participar en la subasta admite y acepta como bastante la titulación existente y que las cargas o gravámenes anteriores y los preferentes al crédito de la parte actora, si los hubiere, continuarán subsistentes, quedando subrogado en la responsabilidad derivada de aquellos, si el remate se adjudicare a su favor.

4.º Serán de cuenta y cargo del rematante todos los gastos que se deriven del procedimiento del acta de subasta y su posterior formalización.

5.º El precio del remate seguirá el destino previsto en el artículo 672 de la LEC.

Esparreguera, 4 de septiembre de 2014.- El Notario.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid