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Doña Pilar Solanot García, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Alicante,
Por el presente, hago saber: Que en el procedimiento concurso ordinario 000070/2010-MJ sobre declaración de concurso de la mercantil Navir Piel, S.L., con domicilio en calle Montecid, número 9 bis, de Peter (Alicante), y CIF B-53538757, se ha dictado resolución de esta fecha que es firme que contiene, entre otros, los siguientes pronunciamientos:
Parte dispositiva
Uno. Acuerdo:
Uno. Concluir el presente procedimiento concursal por estar en el supuesto de insuficiencia de bienes y derechos para atender los créditos contra la masa.
Dos. Cesar las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistente, salvo las que estén contenidas en la sentencia firme de calificación.
Tres. Dar curso a la extinción de la entidad y el cierre de su hoja de inscripción en los registros públicos que correspondan, a cuyo efecto se expiden los correspondiente mandamientos, firme la resolución, adjuntándose a los mismos testimonio de la presente resolución.
Cuatro. Aprobar la rendición de cuentas de la Administración Concursal.
Cinco. La presente resolución se notificará mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del artículo 23.1 de esta Ley y se dará a la misma la publicidad prevista en el artículo 24.
Modo de impugnación: No cabe recurso alguno.
Y para que sirva de publicación en el "BOE", expido el presente en
Alicante, 9 de julio de 2014.- La Secretaria judicial.
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