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Documento BOE-B-2014-31177

Anuncio de la Confederación Hidrográfica del Segura, relativo a notificación de pliegos de cargos formulados en diversos procedimientos sancionadores incoados por infracción al texto refundido en la Ley de Aguas.

Publicado en:
«BOE» núm. 218, de 8 de septiembre de 2014, páginas 42195 a 42197 (3 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
Referencia:
BOE-B-2014-31177

TEXTO

De conformidad con lo establecido en el art. 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace pública la notificación de los pliegos de cargos formulados en los expedientes sancionadores siguientes, que no han podido ser notificados en el domicilio del interesado, por ser estos desconocidos, por dirección incorrecta o bien, porque intentada la notificación no se ha podido realizar por ausente.

Expediente: D-386/2014 Interesado: S.A.T. Fuente Cañada Mocarra Riegos Giraos, domiciliado en Hellín (Albacete) y con N.I.F: F02323004, por haber incumplido la formación en Comunidad de Regantes del aprovechamiento inscrito en el registro de aguas Sección A, Tomo 5, Hoja 855, tramitado en el expediente ISR-12/2008, sin la correspondiente autorización administrativa de este Organismo. Dicha infracción a la Ley de Aguas se ha calificado como leve, correspondiendo una sanción de hasta 10.000 euros (artículo 117 del Texto Refundido de la Ley de Aguas – RD 1/2001, de 20 de julio, y modificado por Real Decreto Ley 17/2012, de 4 de mayo).

Expediente: D-398/2014. Interesado: José Camacho Blázquez, domiciliado en Talavera de la Reina (Toledo) y con N.I.F.: 05110937S, por haber realizado el vallado en dominio público hidráulico y zona de servidumbre del cauce conocido como Barranco de En medio, por su margen izquierda, sin la correspondiente autorización administrativa de este Organismo. Dicha infracción a la Ley de Aguas se ha calificado como leve, correspondiendo una sanción de hasta 10.000 euros (artículo 117 del Texto Refundido de la Ley de Aguas – RD 1/2001, de 20 de julio, y modificado por Real Decreto Ley 17/2012, de 4 de mayo).

Expediente: D-480/2014 Interesado: José Sánchez Sánchez, domiciliado en Cieza (Murcia) y con N.I.F: 29038083P, por haber colocado una electrobomba para la captación de caudales, la parcela 125 del polígono 125 del término municipal de Caravaca de la Cruz (Murcia), sin la correspondiente autorización administrativa de este Organismo. Dicha infracción a la Ley de Aguas se ha calificado como leve, correspondiendo una sanción de hasta 10.000 euros (artículo 117 del Texto Refundido de la Ley de Aguas – RD 1/2001, de 20 de julio, y modificado por Real Decreto Ley 17/2012, de 4 de mayo).

Expediente: D-492/2014 Interesado: Herederos de Francisco Pérez Galera, domiciliado en Lorca (Murcia) y con N.I.F: 23100494F, por haber realizado un uso privativo de aguas para el riego de 5,65 ha. de cultivo hortícola en parte de la parcela 59 del polígono 234 del término municipal de Lorca, sin la correspondiente autorización administrativa de este Organismo, ocasionando unos daños al dominio público hidráulico cuantificados en 816 euros. Dicha infracción a la Ley de Aguas se ha calificado como leve, correspondiendo una sanción de hasta 10.000 Euros (Artículo 117 del Texto Refundido de la Ley de Aguas – RD 1/2001, de 20 de julio, y modificado por Real Decreto Ley 17/2012, de 4 de mayo.

Expediente: D-494/2014 Interesado: Ana Heredia López, domiciliada en Vélez Rubio (Almería) y con N.I.F: 27240598L, por haber realizado un uso privativo de aguas para el riego de 15,46 ha. de cultivo de sandía en las parcelas 43, 128, 134, 135 y 171 del polígono 21 del término municipal de Vélez Blanco (Almería), sin la correspondiente autorización administrativa de este Organismo, ocasionando unos daños al dominio público hidráulicos cuantificados en 2.283,80 euros. Dicha infracción a la Ley de Aguas se ha calificado como leve, correspondiendo una sanción de hasta 10.000 euros (artículo 117 del Texto Refundido de la Ley de Aguas – RD 1/2001, de 20 de julio, y modificado por Real Decreto Ley 17/2012, de 4 de mayo)

Expediente: D-495/2014 Interesado: Segundo Francisco Clemente Lozano y demás propietarios, domiciliado en Murcia (Murcia) y con N.I.F: 27457914P, por haber realizado un uso privativo de aguas para el riego de 1,2 ha. de cultivo de melocotoneros y 5,1 ha. de cultivo de cítricos en las parcelas 129, 133 y 166 del polígono 162 del término municipal de Murcia, sin la correspondiente autorización administrativa de este Organismo, ocasionando unos daños al dominio público hidráulico cuantificados en 7.883 euros. Dicha infracción a la Ley de Aguas se ha calificado como menos grave, correspondiendo una sanción de 10.000,01 Euros hasta 50.000 euros (artículo 117 del Texto Refundido de la Ley de Aguas – RD 1/2001, de 20 de julio, y modificado por Real Decreto Ley 17/2012, de 4 de mayo.

Expediente: D-496/2014 Interesado: Pedro Hernández Martínez, domiciliado en Murcia (Murcia) y con N.I.F: 22968635F, por haber realizado un uso privativo de aguas para el riego de 0,95 ha. de cultivo de alcachofa en la parcela 21 del polígono 14 del término municipal de Fuente Álamo (Murcia), sin la correspondiente autorización administrativa de este Organismo, ocasionando unos daños al dominio público hidráulico cuantificados en 1.925 euros. Dicha infracción a la Ley de Aguas se ha calificado como leve, correspondiendo una sanción de hasta 10.000 Euros (Artículo 117 del Texto Refundido de la Ley de Aguas – RD 1/2001, de 20 de julio, y modificado por Real Decreto Ley 17/2012, de 4 de mayo.

Expediente: D-505/2014 Interesado: Explotación Agrícola del Mare Nostrum, S.L., domiciliado en Jumilla (Murcia) y con N.I.F: B30355333, por haber realizado un uso privativo de aguas para el riego de 0,2169 ha. de cultivo de hueso en la parcela 18 del polígono 124 del término municipal de Jumilla, sin la correspondiente autorización administrativa de este Organismo, ocasionando unos daños al dominio público hidráulico cuantificados en 316,54 euros. Dicha infracción a la Ley de Aguas se ha calificado como leve, correspondiendo una sanción de hasta 10.000 Euros (Artículo 117 del Texto Refundido de la Ley de Aguas – RD 1/2001, de 20 de julio, y modificado por Real Decreto Ley 17/2012, de 4 de mayo.

Expediente: D-508/2014 Interesado: Matadero Cabezo de la Plata S.L., domiciliado en Murcia (Murcia) y con N.I.F: B30355911, por haber realizado la ocupación de la rambla de los Ramos mediante la plantación de cítricos directamente en el suelo de la misma y mediante la colocación de varias filas de grandes maceteros continuos y elevados, sobre los que también se ha plantado árboles, disminuyendo con ello la capacidad de evacuación de la rambla y alterando el flujo de la corriente en caso de avenidas, en el término municipal de Murcia, sin la correspondiente autorización administrativa de este Organismo, ocasionando unos daños al dominio público hidráulico cuantificados en 11.937 euros. Dicha infracción a la Ley de Aguas se ha calificado como menos grave, correspondiendo una sanción de 10.000,01 hasta 50.000 euros (artículo 117 del Texto Refundido de la Ley de Aguas – RD 1/2001, de 20 de julio, y modificado por Real Decreto Ley 17/2012, de 4 de mayo.

Se significa a los interesados que, de conformidad con lo establecido en la Ley 30/92 de 26 de noviembre, en su artículo 37, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el procedimiento sancionador se desarrollará con el principio de acceso permanente pudiendo tener vista de todos los documentos obrantes en el expediente de referencia en la Comisaría de Aguas sita en C/ Mahonesas, 2.

Lo que se le notifica de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16 del Real Decreto 1398/93 para que, en el plazo de quince días, contados a partir de la presente publicación, formulen alegaciones y propongan las pruebas pertinentes, advirtiéndole que de no efectuar alegaciones sobre el contenido de la presente notificación en ese plazo, podrá ser considerada propuesta de resolución, según señala el artículo 13, 2 del Reglamento del Procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, aprobado por el Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, con los efectos previstos en los artículos 18 y 19 mismo.

Murcia, 3 de septiembre de 2014.- El Jefe de Área de Régimen de Usuarios, Francisco Cortés Vicente.

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