Tras haberse intentado practicar en dos ocasiones, sin efecto, las oportunas notificaciones al interesado D. José Antonio Reales Martínez-Losa, procede acudir al medio de comunicación edictal, establecido en el artículo 59.5 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 61 de la LRJAP y PAC, la resolución de suspensión que se notifica no se publica en su integridad, encontrándose a disposición del interesado el texto íntegro de la misma, así como la totalidad de los documentos obrantes en el expediente, en la sede de la Agencia Española de Protección de la Salud en el Deporte (Departamento Jurídico) ubicada en la plaza de Valparaíso, n.º 4, 28016 Madrid.
Expediente de referencia: 10/2014.
Interesado: D. José Antonio Reales Martínez-Losa.
Sentido de la resolución: Resolución de suspensión del procedimiento sancionador.
Madrid, 22 de agosto de 2014.- El Director, Enrique Gómez Bastida.
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