Edicto
Cédula de notificación
En el Procedimiento Ordinario 840/2012 seguido en el Juzgado de Primera Instancia n.º 7 de Almería a instancia de Unicaja Banco SAU contra Antonia Galiano Navarrete y José Manuel Cruz Góngora sobre, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo es como sigue:
Vistos por mí, doña Ana Fariñas Gomez, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia número 7 de Almería y su partido, los presentes autos de Juicio ordinario, seguidos en este Juzgado bajo el número 840/12, a instancia de la entidad Unicaja Banco SAU, representada por la Procuradora doña Marina Ceballos Martínez, contra don José Manuel Cruz Góngora Y doña Antonia Galiano Navarrete, en situación legal de rebeldía, sobre reclamación de cantidad.
FALLO
Estimar parcialmente la demanda formulada por la Procuradora doña Marina Ceballos Martínez, en nombre y representación de la entidad Unicaja Banco SAU contra don José Manuel Cruz Góngora y doña Antonia Galiano Navarrete y condeno a los codemandados a abonar a la actora, de forma solidaria, la cantidad de siete mil ochocientos dieciocho euros con cuarenta y ocho céntimos (7.818,48), cantidad ésta que devengará, desde la fecha de la interpelación judicial y hasta su completo pago, un interés anual equivalente al interés legal del dinero.
Con relación a las costas procesales, cada parte abonará las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad.
Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme, y que, por tanto, podrán interponer contra la misma recurso de apelación, ante este mismo Juzgado, en el plazo de los veinte días siguientes a su notificación (art. 458.1 LEC, según la nueva redacción dada por la Ley 37/11, de 10 de octubre).
Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y con el fin de que sirva de notificación en forma al/a los demandado/s Antonia Galiano Navarrete y Jose Manuel Cruz Góngora, extiendo y firmo la presente.
Almería, 2 de julio de 2013.- El/la secretario.
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