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Documento BOE-B-2014-297

BILBAO

Publicado en:
«BOE» núm. 5, de 6 de enero de 2014, páginas 383 a 383 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-297

TEXTO

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Bilbao (Bizkaia),

Anuncia:

Que en el procedimiento concursal número 593/2012 en el que figura como concursado/a Talleres Txaparro, S.A., se ha dictado el 17/12/2013 auto declarando concluso el concurso y cuya parte dispositiva es del tenor siguiente:

Parte dispositiva:

1.º Se declara concluso el procedimiento concursal número 593/2012 referente al deudor Talleres Txaparro, S.A., por insuficiencia de la masa activa para la satisfacción de los créditos contra la masa y se acuerda el archivo de las actuaciones.

2.º Se acuerda el cese de las limitaciones a las facultades de administración del deudor que estuvieran subsistentes.

3.º Se acuerda la exstinción de la persona jurídica deudora, procediendo el cierre de su hoja de inscripción en el Registro de Mercantil a cuyo efecto se expedirá mandamiento al citado Registro.

4.º Líbrense mandamientos de cancelación de la inscripción de declaración de concurso a los Registros en los que se inscribió dicha declaración.

5.º Anúnciese la resolución en el Boletín Oficial del Estado

La publicación en el Boletín Oficial del Estado tendrá carácter gratuito por insuficiencia de bienes y derechos de la masa activa.

6.º Comuníquese la conclusión del concurso a los órganos judiciales administrativos a los que se ordenó la suspensión de los procedimientos de ejecución contra el patrimonio del deudor, a fin de que procedan, en su caso, a su archivo definitivo.

7.º Si dentro del plazo de cinco años aparecieren nuevos bienes o derechos del deudor, se procederá conforme a lo dispuesto en el artículo 179 y siguientes de la LC.

8.º Se declaran aprobadas las cuentas presentadas por la administración concursal.

Contra este auto no cabe recurso alguno (artículo 177.1 de la LC).

Bilbao (Bizkaia), 17 de diciembre de 2013.- La Secretaria Judicial.

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