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Documento BOE-B-2014-29415

MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 195, de 12 de agosto de 2014, páginas 39571 a 39571 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-29415

TEXTO

Edicto

Doña María Luisa Pariente Vellisca, Secretaria en sustitución del Juzgado de lo Mercantil n.º 12 de Madrid,

Anuncia:

Que en el procedimiento concursal n.º 474/2013 correspondiente al deudor YUSCAN CORREDURÍA DE SEGUROS, S.L., con fecha 30.7.2014 se ha dictado sentencia aprobando la propuesta de convenio, cuyo fallo es del tenor siguiente:

Se aprueba con los efectos previstos en la Ley, la propuesta de convenio presentada en el concurso voluntario n.° 474/2013 del deudor YUSCAN CORREDURÍA DE SEGUROS, S.L. que fue aceptada por la Junta de acreedores celebrada el día 13 de junio de 2014.

Se acuerda el cese de los efectos de la declaración del concurso sobre las facultades de administración y disposición del deudor.

Cesa la Administración concursal en sus funciones de intervención de las facultades de administración y disposición de la entidad concursada, continuando en el cargo para llevar a cabo las funciones previstas en el capítulo II del título VI en su caso. Salvo a los efectos de contestar o informar en Piezas que aún no hayan finalizado.

Se concede a la Administración concursal el plazo de dos meses a contar desde la notificación de esta resolución para que proceda a la rendición de cuentas de su gestión.

Notifíquese esta Sentencia al concursado, a la Administración concursal y a todas las partes personadas en el procedimiento.

Publíquese la Sentencia en el BOE y en el tablón de anuncios de este Juzgado y líbrese mandamiento al Registro Mercantil y al Registro de la Propiedad para su inscripción.

Llévese testimonio de esta resolución a los autos principales de la Sección primera.

Contra esta sentencia cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid, previo deposito de 50 euros que se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 197.4 LC y 457.2 LEC).

Asi por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Madrid, 30 de julio de 2014.- La Secretaria judicial.

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