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Documento BOE-B-2014-29393

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Publicado en:
«BOE» núm. 195, de 12 de agosto de 2014, páginas 39547 a 39547 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-29393

TEXTO

Edicto

Don Eduardo José Rebollo Sanz, Secretario judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Las Palmas de Gran Canaria,

Por el presente se hace saber que en el procedimiento concursal 207/2014, seguido a instancias de la Procuradora doña Mónica Padrón Franquíz, en nombre y representación de D. SANTIAGO HUMBERTO PÉREZ RAMOS, se ha dictado Auto el día 27 de mayo de 2014, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

Se declara el concurso de D. SANTIAGO HUMBERTO PÉREZ RAMOS con DNI, n.º 42698077A, el que se tramitará por el procedimiento abreviado.

A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de voluntario.

Conforme prevé el art. 23 de la Ley Concursal el presente edicto se insertará en el Registro Público Concursal y, en tanto se produce la reglamentación de dicho órgano, se publicará en el Boletín Oficial del Estado.

Se designan como Administradores del concurso a: Don Pedro Cabezas de Herrera Santamaría, con DNI 42.037.014-Y, Economista, señalando que la oficina o despacho donde desempeñará su cargo en la localidad del ámbito de este Juzgado se encuentra en calle Dolores de la Rocha, n.º 41, 38001 Las Palmas, teléfono 600511288, 922100222; fax 922288306, y correo electrónico pchs@rea.es.

En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, queda sometido el ejercicio de éstas a la intervención del administrador concursal, mediante su autorización o conformidad.

Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal en el domicilio designado por la Administración concursal y en la forma prevista en el art. 85 de la mentada Ley.

Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC).

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto.

Las Palmas de Gran Canaria, 30 de julio de 2014.- El Secretario judicial.

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