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Documento BOE-B-2014-28974

ALICANTE

Publicado en:
«BOE» núm. 193, de 9 de agosto de 2014, páginas 38968 a 38969 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-28974

TEXTO

Doña Cristina Cifo González, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Alicante,

por el presente hago saber: Que en el proceso concursal número 589/13-C, seguido contra la deudora Amparo Alfonso Gómez, con DNI número 22.123.705-M, con domicilio en Elda (Alicante), c/ Cantueso, n.º19, bajo, se dictó, de conformidad con los artículos 21 y 23 de la Ley Concursal, el presente edicto al objeto de dar publicidad al auto apertura de fase de liquidación de fecha 24/07/14:

Parte Dispositiva

1.- Se archiva la fase de convenio del concurso de Amparo Alfonso Gómez.

2.- Se decreta la apertura de la fase de liquidación del concurso de Amparo Alfonso Gómez, con DNI número 22.123.705-M.

3.- Se acuerda la suspensión de las facultades de administración y disposición del deudor Amparo Alfonso Gómez, sobre su patrimonio, con todos los efectos previstos en el Título III de la Ley Concursal.

4.- Se declara el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquéllos que consistan en otras prestaciones.

5.- Preséntese por la Administración Concursal en el plazo de quince días el plan de liquidación previsto en el art. 148 LC, debiendo contener una enumeración de todos los activos reflejados en el inventario con su valoración liquidatoria y las formas concretas propuestas en cada caso para su realización

Notifíquese a las partes personadas y publíquese en el tablón de anuncios de este Juzgado y mediante edicto en extracto en el BOE de forma gratuita

Si no fuera posible la publicidad y remisión de oficios/mandamientos vía telemática, informática y electrónica, entréguense al/a procurador/a del solicitante del concurso los mandamientos y los oficios acordados, autorizándola a realizar cuantas gestiones sean necesarias para una pronta tramitación de los mismos, quien deberá remitirlos de inmediato a los medios de publicidad correspondientes.En caso de incumplimiento o demora le pararan los perjuicios que procedan, incluida la responsabilidad disciplinaria prevista la legislación orgánica y procesal

Modo de impugnación: Mediante recurso de reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de cinco días, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente y previo depósito de la suma de 25 euros que deberá ingresar en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado abierta en el Grupo Banesto consignando como código 02 y como concepto "pago recurso de apelación", sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículos 451 y 452 de la LEC y Disposición Adicional Decimoquinta de la LOPJ añadida por la LO 1/2009, de 3 de noviembre).

Lo acuerda y firma S.S.ª Doy fe.

Firma del Magistrado-Juez. Firma del Secretario.

Alicante, 24 de julio de 2014.- La Secretaria Judicial.

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