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Documento BOE-B-2014-2877

ALICANTE

Publicado en:
«BOE» núm. 25, de 29 de enero de 2014, páginas 3662 a 3663 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-2877

TEXTO

Doñ. Cristina Cifo González, Secretaria Judicial de Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Alicante, anuncia:

Que en el proceso concursal número 381/13 seguido contra la mercantil Segilpas, S.L., con C.I.F B-03075231, con domicilio social en Aspe (Alicante), Ctra. Alicante, km 2.5, 03680, de conformidad con el artículo 21 y 23 de la Ley Concursal, se dicta el presente edicto al objeto de dar publicidad al auto de apertura de fase de liquidación de fecha 16/01/2014 cuya parte dispositiva es la siguiente:

Parte Dispositiva

1. Se deja sin efecto la convocatoria de la junta de acreedores para el día 24/01/14 y se archiva la fase de convenio del concurso Segilpas, S.L.

2. Se decreta la apertura de la fase de liquidación del concurso Segilpas, S.L.

3. Se acuerda la suspensión de las facultades de administración y disposición del deudor Segilpas, S.L., sobre su patrimonio, con todos los efectos previstos en el Título III de la Ley Concursal.

4. Se declara la disolución de la mercantil concursada Segilpas, S.L., con C.I.F B-03075231, con domicilio social en Aspe (Alicante), Ctra. Alicante, km 2.5, 03680, así como en todo caso el cese de los administradores o liquidadores, que serán sustituidos por la administración concursal, sin perjuicio de continuar aquéllos en la representación de la concursada en el procedimiento y en los incidentes en lo que sea parte

5. Se declara el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones.

6. Preséntese por la Administración Concursal en el plazo de 15 días el plan de liquidación previsto en el art. 148 LC, debiendo contener una enumeración de todos los activos reflejados en el inventario con su valoración liquidatoria y las formas concretas propuestas en cada caso para su realización

Notifíquese a las partes personadas y publíquese por medio de edicto en el Registro Publico Concursal y en el tablón de anuncios de este Juzgado e inscríbase en el Registro Mercantil

En tanto no se cree el Registro Público Concursal, publíquese el edicto en extracto en el BOE de forma gratuita

Si no fuera posible la publicidad y remisión de oficios/mandamientos vía telemática, informática y electrónica, entréguense al/a procurador/a del solicitante del concurso los mandamientos y los oficios acordados, autorizándola a realizar cuantas gestiones sean necesarias para una pronta tramitación de los mismos, quien deberá remitirlos de inmediato a los medios de publicidad correspondientes. En caso de incumplimiento o demora le pararan los perjuicios que procedan, incluida la responsabilidad disciplinaria prevista la legislación orgánica y procesal.

Modo de Impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de cinco días, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente y previo depósito de la suma de 25 euros que deberá ingresar en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado abierta en el Grupo Banesto consignando como código 02 y como concepto "pago recurso de apelación", sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículos 451 y 452 de la LEC. y Disposición adicional Decimoquinta de la LOPJ añadida por la LO 1/2009 de 3 de noviembre).

Lo acuerda y firma S.Sª. Doy fe.

Firma del Magistrado - Juez Firma del Secretario

Alicante, 16 de enero de 2014.- La Secretaria Judicial.

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