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Documento BOE-B-2014-28309

Anuncio de la Confederación Hidrográfica del Duero sobre notificación de información pública de extinción del derecho a un aprovechamiento de aguas. Expte. 508/2014.

Publicado en:
«BOE» núm. 188, de 4 de agosto de 2014, páginas 38084 a 38085 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
Referencia:
BOE-B-2014-28309

TEXTO

1. En el Libro de Registro de Aprovechamientos de Aguas Públicas, figura la siguiente inscripción relativa a un aprovechamiento de aguas del río San Juan:

N.º de registro general: 48.362. Tomo: 32. N.º de aprovechamiento: 2. N.º de inscripción: 1. Clase de aprovechamiento: Fuerza motriz. Nombre de usuario: María del Carmen Massa Martínez Strong. Término municipal y provincia de la toma: Prádena (Segovia). Caudal máximo(l/s): 203. Salto bruto utilizado (m): 3,25. Título del derecho: Prescripción acreditada por acta de notoriedad autorizada por el notario de Sepúlveda don Leopoldo de Urquía y Gómez el 20 de junio de 1970. Orden Dirección General de Obras Hidráulicas de fecha 27 de julio de 1972. Observaciones: Accionamiento del molino harinero de la Hontanilla.

2. El Área de Régimen de Usuarios de esta Confederación Hidrográfica del Duero propuso en el informe emitido con fecha 9 de junio de 2014, que se iniciara el trámite de extinción de acuerdo con lo establecido en el artículo 66 del texto refundido de la Ley de Aguas, que señala que: ''Las concesiones podrán declararse caducadas por incumplimiento de cualquiera de las condiciones", y que: "El derecho al uso privativo de las aguas, cualquiera que sea el título de su adquisición, podrá declararse caducado por la interrupción permanente de la explotación durante tres años consecutivos, siempre que aquella sea imputable al titular''.

Del informe emitido por el Área de Régimen de Usuarios se desprende que: la explotación del aprovechamiento ha estado paralizada durante más de tres años.

3. Por acuerdo de esta Confederación, con fecha 9 de junio de 2014, se dispuso la incoación de expediente de extinción, por caducidad, del derecho al aprovechamiento reseñado, por la interrupción permanente de su explotación durante tres años consecutivos, imputable al titular.

El plazo máximo de duración de este procedimiento administrativo es de dieciocho (18) meses, de acuerdo con la disposición adicional sexta del texto refundido de la Ley de Aguas, transcurrido este plazo se producirá la caducidad del procedimiento en aplicación de lo dispuesto en el artículo 44.2 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Adminitraciones Públicas y Procedimiento Adminitrativo Común.

4. De acuerdo con el principio de celeridad establecido en el artículo 75.1 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, se procede mediante este acto a notificar al titular el incio del expediente de extinción del derecho, de acuedo con lo establecido en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de de Régimen Jurídico de las Adminitraciones Públicas y Procedimiento Adminitrativo Común (al carecer de domicilio válido a efectos de notificaciones), y someter dicho expediente a información pública, de conformidad y a los efectos previstos en los artículos 163.3 y 165. del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, aprobado por Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, durante un plazo de veinte días, a contar desde el siguiente al de la publicación del presente anuncio en el "Boletín Oficial de la Provincia de Segovia", durante el cual podrá comparecer por escrito ante esta Confederación los interesados, y cualquier persona que pueda resultar afectada por la extinción del mismo, manifestando cuanto considere conveniente.

Valladolid, 17 de julio de 2014.- La Jefe de Área de Régimen de Usuarios, M.ª Concepción Valcárcel Liberal.

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