El Secretario judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Tarragona,
Por el presente, hace saber:
Que en los autos de Concurso Voluntario de la mercantil CA ROCA CAFE SL (CIF B43839794), seguidos en este Juzgado con el n.º 504/2013, se ha dictado en fecha 15-7-14 Sentencia de Conclusión del concurso, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
"Desestimo la oposición formulada en el incidente de oposición a la conclusión interpuesto por la representación procesal de D. Marcel Rodríguez Conesa al informe de la administración concursal, y en consecuencia declaro concluido el concurso de CA ROCA CAFE, S.L. y el archivo de las actuaciones, la aprobación de las cuentas de la administración concursal y la extinción de personalidad jurídica de la concursada, así como el cierre de su hoja de inscripción en el registro mercantil, librando a tal efecto mandamiento, sin hacer especial imposición de las costas de este incidente.
Contra esta sentencia no cabe interponer recurso alguno, sin perjuicio de la posibilidad de reproducir la petición formulada en segunda instancia con ocasión del recurso de apelación más próximo que pueda plantearse.
Así por esta Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo."
Y en cumplimiento de lo acordado libro el presente.
Tarragona, 16 de julio de 2014.- El Secretario judicial.
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