Edicto
Doña Pilar Solanot García, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Alicante, por el presente.
Hago saber: Que en el procedimiento concurso Abreviado 000172/2012-K sobre declaración de concurso de la mercantil Remedios María Alberola Penalva y Leonardo Azor Escribano, con domicilio en Calle Águila, 2 escalera A, bajo 6 Alicante/Alicante y Calle Águila, 2 escalera A, bajo 6 Alicante/Alicante y D.N.I número 73.996.250-Y y 48.538.982-N, se ha dictado Auto de fecha 18 de noviembre de 2013, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
1.- Concluir el presente procedimiento concursal por estar en el supuesto de insuficiencia de bienes y derechos para atender los créditos contra la masa.
2.- Cesar las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistente, salvo las que estén contenidas en la sentencia firme de calificación.
3.- Expedir oficio al Registro Civil correspondiente a los efectos oportunos.
4.- Aprobar la rendición de cuentas de la administración concursal.
5.- La presente resolución se notificará mediante resolución personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del artículo 23.1 de esta ley y se dará a la misma la publicidad prevista en el artículo 24.
Modo de impugnación: No cabe recurso.
Y para que sirva de publicación en el B.O.E., expido la presente en
Alicante, 18 de noviembre de 2013.- La Secretaria Judicial.
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