Doña María Pilar Moreno Arenas, Secretaria Judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 4 y de lo Mercantil de Ciudad Real, por el presente, hago saber:
1.º Que en la Sección I de Declaración de Concurso de los autos de Concurso Abreviado Voluntario seguidos en este órgano judicial con el n.º 11/2014 y NIG n.º 13034 41 1 2014 0013430, se ha dictado en fecha 09-07-2014 Auto de declaración conjunta de Concurso Voluntario de los cónyuges deudores D. Sacramento Cruz Corral, con DNI/NIF n.º 70.559.712-J, y D.ª Soledad Ruiz García, con DNI/NIF n.º 05.611.853-Z, ambos mayores de edad, casados en régimen de gananciales, y con domicilio en C/ Ciudad Real, n.º 23 de la localidad de Miguelturra (Ciudad Real).
2.º Se ha acordado la mera intervención de las facultades de administración y disposición de los concursados sobre su patrimonio, que seguirán ejerciendo los mismos, quedando sometidos en el ejercicio de éstas a la autorización o conformidad del Administrador concursal designado.
3.º Se ha designado, como Administrador concursal, al Letrado en ejercicio D. Ramón Botella Manchón, con domicilio postal en calle Ventura Rodríguez, n.º 3, 4.º-Izqda., 28008 Madrid, y dirección electrónica "biprogestion.scru@gmail.com", domicilios éstos que han sido señalados para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de sus créditos.
4.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.
5.º La Administración concursal, con una antelación mínima de cinco días previos a la presentación del informe al juez, dirigirá comunicación electrónica a los acreedores de los que conste su dirección electrónica, informándoles del proyecto de inventario y de la lista de acreedores.
6.º A su vez éstos, conforme a lo previsto en el artículo 95.1 de la LC, podrán solicitar a la Administración concursal, igualmente por medios electrónicos y hasta los tres días anteriores a la presentación del informe al Juez, que se rectifique cualquier error o que se complementen los datos comunicados (art. 95.1 LC).
7.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 LC).
8.º Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal: www.publicidadconcursal.es.
Ciudad Real, 14 de julio de 2014.- La Secretaria judicial.
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