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Documento BOE-B-2014-25700

MURCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 173, de 17 de julio de 2014, páginas 34488 a 34488 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-25700

TEXTO

Edicto

Doña Ángela Quesada Martos, Secretaria Judicial de Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Murcia, por el presente, hago saber:

1.º Que en Sección I, Declaración concurso 0000329 /2014, seguido en este órgano judicial se ha dictado en fecha 30/06/14 Auto de declaración de concurso de la mercantil Electricidad Toni-Fran, S.L., con CIF B-30048540, cuyo centro de intereses principales lo tiene en calle San Cristóbal, n.º 126 de Yecla.

2.º Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición del deudor al haber solicitado la liquidación simultánea.

3.º El llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, será de un mes desde la publicación del presente.

La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la Administración Concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el juzgado, o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.

4.º La identidad de la Administración Concursal es la siguiente: doña Patricia Ortega Lete.

La dirección postal de la administración concursal es la siguiente: Avenida Alfonso X El Sabio, número 3, entresuelo (30008-Murcia).

La dirección electrónica de la administración concursal es la siguiente: patricia.ortega@orenesycia.es

5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 LC).

Murcia, 30 de junio de 2014.- La Secretaria Judicial.

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