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Documento BOE-B-2014-25325

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 171, de 15 de julio de 2014, páginas 34037 a 34037 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-25325

TEXTO

Doña María Aránzazu Alameda López, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona,

Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 539/2014, en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a la entidad HOSTELERÍA UNIDA DOS, S.A.U. y ordenando darle publicidad con los siguientes datos:

Número de asunto: Concurso voluntario 539/2014 Sección C5R.

NIG del procedimiento: 08019-47-1-2014-8001079.

Entidad concursada: HOSTELERÍA UNIDA DOS, S.A.U., con CIF n.º A58135617.

Tipo de concurso: Voluntario.

Fecha del Auto de declaración: 13/6/14.

Administradores concursales: Don José Manuel Calava Molinero, calle Diputació, 260, Barcelona (Barcelona). Don Josep Pujolras Nonell, calle Aribau, 198, Barcelona (Barcelona), con correo electrónico administracion.concursal.hosteleria2@mazars.es, y n.º de teléfono 93.6004713.

Facultades del concursado: Intervenidas.

Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al Art. 85 LC: Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la Administración concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los Autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse.

Dado en Barcelona, 30 de junio de 2014.- La Secretaria judicial.

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