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Documento BOE-B-2014-25314

A CORUÑA

Publicado en:
«BOE» núm. 171, de 15 de julio de 2014, páginas 34023 a 34024 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-25314

TEXTO

Edicto

En este órgano judicial se tramita Sección I, Declaración Concurso 141/2013, seguido a instancias de LA BASE CORUÑA, S.L., en los que, por resolución de fecha 17 de junio de 2014, se ha acordado la publicación en extracto de la misma. Su contenido literal es el siguiente:

Auto

A Coruña, a diecisiete de junio de dos mil catorce

Hechos

ünico.- Finalizada la fase común del concurso y realizadas las operaciones de liquidación en la sección quinta abierta por auto de fecha 18 de abril de 2013 en el concurso voluntario del deudor LA BASE CORUÑA, S.L., 141/2013-C, la administración concursal integrada por la letrado doña Elena García-Señoráns Álvarez, presentó en la sección primera escrito de fecha 28 de marzo de 2014, comunicando la insuficiencia de la masa activa para atender al pago de los créditos contra la masa, conforme a lo establecido en el artículo 176 bis, afirmando que no existen acciones viales de reintegración o de responsabilidad de terceros y solicitando la conclusión del concurso.

Mediante escrito de fecha de registro del mismo 28 de marzo de 2014 justificó la administración concursal la aplicación del producto obtenido a la satisfacción parcial de los créditos contra la masa.

Puesto de manifiesto dicho informe y rendición de cuentas a las partes personadas no se formuló oposición alguna dentro de plazo legal por parte de la deudora o de las demás partes personadas o interesadas.

La sección sexta, de calificación, finalizó con la declaración del concurso fortuito, mediante resolución de fecha 18 de octubre de 2013.

Dispongo:

La conclusión y archivo del proceso concursal de la deudora LA BASE CORUÑA, S.L., 141/2013-C, domiciliada en Arteixo (A Coruña), avenida del Embalse, Polígono de Sabón, 78, CIF B70080825, e inscrita en el Registro Mercantil de A Coruña, tomo 3144, folio 187, hoja C-39879, por insuficiencia de masa activa.

Acuerdo igualmente la extinción de la personalidad jurídica de la deudora y el cierre de su hoja registral en el Registro Mercantil de A Coruña, para lo que se librará mandamiento con testimonio de este auto.

Apruebo la rendición de cuentas presentada por la administración concursal que cesará en el cargo, con devolución de la acreditación, a la firmeza de esta resolución.

Notifíquese el auto a las partes personadas y publíquese en la parte necesaria del BOE, extractando en la medida necesaria el contenido del auto y solicitando la inserción gratuita del anuncio conforme a lo actualmente previsto en el artículo 23 de la LC. Publíquese igualmente en el Registro Público Concursal regulado por el RD 892/2013, de 15 de noviembre, y particípese la conclusión a los mismos Juzgados a los que se participó la declaración del concurso.

Contra esta resolución no cabe recurso alguno.

Así lo acuerda, manda y firma Pablo González-Carreró Fojón, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil número uno de A Coruña; doy fe.

A Coruña, 17 de junio de 2014.- Pablo González-Carreró Fojón, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil número uno de A Coruña.

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