Yo, Francisco Candil Bergillos, Notario de Aguilar de la Frontera, con despacho en calle Moralejo, número 27-bajo,
Hago Saber. Que ante mí, se tramita venta extrajudicial, número de expediente 2/2013 de la siguiente finca:
Urbana.- Número uno.- Local en planta sotano, señalado con la letra local-sotano-A, del edificio sito en ésta ciudad, calle Moralejo, número 54, con acceso a través del portal del edificio y escaleras situadas en el distribuidor 1 del edificio, elemento común del edificio.
Ocupa una superficie construida de: cincuenta metros y ochenta decímetros cuadrados.
Linda.- Derecha entrando, al edificio, desde la calle de su situación, subsuelo de entrada al edificio; Izquierda, subsuelo de casa de sucesores de Merás; Fondo, subsuelo de distribuidor 1 del edificio; y frente, subsuelo de calle de su situación.
Le corresponde una cuota de participación en los elementos comunes del edificio de tres enteros y treinta y tres centésimas por ciento.
Inscripción.- Registro de la Propiedad de Aguilar de la Frontera, finca 27.870, folio 189, libro 543, tomo 1.318, inscripción 2ª.
Y que procediendo la subasta de dicha finca, ésta se llevará a cabo bajo las siguientes condiciones:
1.º Se señala:
La primera subasta para el dia 18 de agosto de 2014, a las trece horas; la segunda para el dia 10 de septiembre de 2014, a las trece horas; y la tercera para el dia 2 de octubre de 2014, a las trece horas; y en caso de mejora de la postura de la tercera subasta, se señala para la licitación entre los mejorantes y mejores postores el dia 9 de octubre de 2014, a las trece horas.
2.º Todas las subastas se celebrarán en la Notaria de ésta ciudad, de Aguilar de la Frontera, calle Moralejo, número 27-bajo.
3.º El tipo para la primera subasta es de cincuenta y seis mil setecientos euros (56.700 euros); para la segunda el setenta y cinco por ciento de la cantidad indicada; la tercera se hará sin sujeción a tipo.
4.º La documentación y la certificación registral pueden consultarse en la Notaria; se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación. Las cargas, gravámenes y asientos anteriores a la hipoteca que se ejecuta continuarían subsistentes.
5.º Los postores deberán consignar previamente en la Notaria de ésta ciudad, el treinta por ciento del tipo correspondiente, o el veinte por ciento del de la segunda subasta para tomar parte en la tercera.
6.- Solo la adjudicación a favor del ejecutante o el remate a favor del mismo o de un acreedor posterior podrá hacerse a calidad de ceder a un tercero.
Por último, para el caso de que la comunicación por correo certificado al titular de la última inscripción de dominio del lugar, día y horas fijados para las subastas, a que se refiere el artículo 236-f.5 Reglamento Hipotecario, resultase infructuosa o negativa, servirá el presente anuncio y su publicación en los tablones de avisos del Ayuntamiento y del Registro de la Propiedad, y, en su caso, en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Boletín Oficial del Estado para suplir y tener por efectuada correctamente dicha comunicación.
Aguilar de la Frontera, 2 de julio de 2014.- El Notario.
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