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Documento BOE-B-2014-24365

Anuncio del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales en el que se notifica el inicio del expediente sancionador número 19/14.

Publicado en:
«BOE» núm. 164, de 7 de julio de 2014, páginas 32665 a 32665 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-B-2014-24365

TEXTO

Por el presente anuncio se notifica a CHASENVA, S.L. con domicilio de notificaciones en plaza Paz Novoa, 1 – 32003 Orense, el acuerdo de iniciación del expediente sancionador n.º 19/14, incoado por la Directora General del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales el 17 de junio de 2014; ello en base a lo previsto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJAP y PAC), al haberse intentado sin efecto la notificación del mismo en el domicilio arriba indicado, por incumplimiento de lo establecido en el artículo 8.1 de la Ley 55/2007 de 28 de diciembre, del Cine, en relación con los artículos 5, 6 y 7.3 del Real Decreto 2062/2008 de 12 de diciembre, lo que podría ser constitutivo de infracción grave según el artículo 39.2c) de la Ley 55/2007, pudiendo ser sancionada con multa de hasta 40.000 euros, conforme al artículo 40.1b) de la citada Ley.

Se nombra Instructor del procedimiento al Servicio de Inspección y Sanciones de la Secretaría General, siendo competente para su resolución esta misma Dirección General, conforme a lo prescrito en el artículo 38 de la Ley 55/2007.

El acuerdo de iniciación que se notifica no se publica en su integridad de acuerdo con lo previsto en el artículo 61 de la LRJAP y PAC, encontrándose a disposición del interesado el texto íntegro del mismo, así como la totalidad de documentos obrantes en el expediente, en la sede de este Instituto (Secretaría General. Servicio de Inspección y Sanciones) ubicado en la plaza del Rey, n.º 1 – 4.ª planta. 28071- Madrid.

Frente al citado acuerdo de iniciación dispone el interesado de un plazo de quince días para la formulación de alegaciones y presentación de documentos e informaciones que estime convenientes a su defensa, de acuerdo con el artículo 16, apartado 1, del Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto (Reglamento del Procedimiento de la potestad sancionadora).

Madrid, 25 de junio de 2014.- La Secretaria General, Lorena González Olivares.

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