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Documento BOE-B-2014-2387

SANTA CRUZ DE TENERIFE

Publicado en:
«BOE» núm. 22, de 25 de enero de 2014, páginas 3042 a 3043 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-2387

TEXTO

Edicto-cédula de notificación

Don Cristo Jonay Pérez Riverol, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Santa Cruz de Tenerife,

Hago saber: Que en el procedimiento concurso ordinario 486/13, acumulado al concurso 10/13, de las entidades seguidamente indicadas, se ha dictado auto de fecha 04/12/2013, cuyos puntos principales de su parte dispositiva, son del tenor literal siguiente:

".... Parte dispositiva: Segundo.-Se declara en concurso, que tiene cáracter de voluntario, a los deudores Asfaltos Gomera, S.L., CIF B38545836; Güimar Movimientos de Tierras y Transportes, S.L. CIF B76584721 y Servicios Intercanarios Norte, S.L. CIF B76555713.... Tercero.-El deudor Asfaltos Gomera, S.L.; Güimar Movimientos de Tierras y Transportes, S.L. y Servicios Intercanarios Norte, S.L. conservará las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención de los administradores concursales, mediante su autorización o conformidad..... Cuarto.-Se nombra administrador del concurso, con las facultades expresadas en el pronunciamiento anterior a... .., que reúne los requisitos del artículo 27 de la LC... . Quinto.-Llámense a los acreedores del deudor para que comuniquen en la forma establecida en el artículo 85 de la LC, a la administración concursal la existencia de sus créditos. Deberán formular la comunicación en el plazo de un mes contado desde la última publicación de los anuncios de la declaración del concurso, que se publicarán en el Boletín Oficial del Estado, el tablón de anuncios del Juzgado y el Registro Público Concursal. La comunicación de créditos deberá realizarse aportando copia documental para la administración concursal bajo apercibimiento de no ser reconocido el crédito o de su posibilidad de clasificarlo conforme a lo previsto en el artículo 92.1 de la LC.... Octavo.-Los legitimados conforme a la LC para personarse en el procedimiento deben hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado... .. En este caso, el citado deber incumbe a los administradores de la persona jurídica o a quienes hayan desempeñado el cargo en los dos años anteriores a la declaración del concurso, que son: D. Urbano Herrera Arzola. Este auto producirá de inmediato los efectos previstos en la LC para la declaración de concurso... Decimotercero.-Tras la declaración del concurso, se acumularán los presentes autos al que se tramita bajo el número 10/13, en el que la concursada es Áridos Herrera, S.L., art. 25 bis 1 LC, para su tramitación coordinada, motivo por el que se designa a la misma Administración Concursal, debiéndose suspender la tramitación del concurso 10/13, hasta que los presentes autos se encuentren en el mismo estado procesal.... Decimocuarto.-Las costas causadas se incluirán en los créditos contra la masa del concurso... Contra este auto no cabe recurso..... Así lo dispone, manda y firma doña M.ª Raquel Alejano Gómez, Magistrado-Juez por sustitución del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Santa Cruz de Tenerife; doy fe...."

Y para que sirva de notificación y emplazamiento a todos los interesados-acreedores, mediante su fijación en el tablón de anuncios de este Juzgado y su publicación gratuita en el Boletín Oficial del Estado (de conformidad con la redacción recogida en el Real Decreto Ley 3/2009, del 27 de marzo) se pone en conocimiento, a todos sus efectos, que el Administrador Concursal de este procedimiento es don Pedro Cabezas de Herrera Santamaría con DNI n.º 42037014Y, de profesión Auditor y domicilio en c/ Pasaje Fariña, n.º 7 A, El Peñón-Tacoronte, 38340 Sta. Cruz de Tenerife, tfnos.: 922100222 y 600511288 y fax 922636369, correo electrónico pchs@rea.es representa a la Entidad Rea Auditores, S.L.P.

Santa Cruz de Tenerife, 12 de diciembre de 2013.- El/La Secretario Judicial.

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