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Documento BOE-B-2014-23637

Anuncio de la Subdirección General de Recursos, Reclamaciones y Relaciones con la Administración de Justicia, por el que se notifican varias resoluciones del Subsecretario de Industria Energía y Turismo, actuando por delegación del Secretario de Estado de Energía, sobre los expedientes E-2011-00521-09 (Ref.337) y otros.

Publicado en:
«BOE» núm. 159, de 1 de julio de 2014, páginas 31677 a 31678 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Industria, Energía y Turismo
Referencia:
BOE-B-2014-23637

TEXTO

Habiéndose intentado las notificaciones de dichas resoluciones a los domicilios señalados, y no habiéndose podido practicar las mismas, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre ("BOE" del 27-11), la Subdirección General de Recursos, Reclamaciones y Relaciones con la Administración de Justicia, por el presente anuncio, notifica a los interesados que a continuación se relacionan, aquéllas Resoluciones, correspondientes a los expedientes que a continuación se especifican:

Asimismo, se informa que los expedientes completos se encuentran en la Subdirección General de Recursos, Reclamaciones y Relaciones con la Administración de Justicia, así como los escritos objeto de la presente notificación que, en virtud de lo establecido en el artículo 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, no se publican en su integridad.

Expediente: E-2011-00521-09 (Ref. 337). Resolución de los recursos de alzada, de 8 de mayo de 2014, interpuestos por D.ª María Christi Bengoechea Jaka y D. Joseba Andoni Berriotxoa Alberdi y 19 más, (entre ellos Eneko González Pinedo, en representación de Energía Tierra Solar, S.L.), contra resolución por la que se declara que la instalación fotovoltaica con CIL ES0021000015810017SK, no cumple con los requisitos para la aplicación del régimen económico primado por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica en régimen especial y en consecuencia no le es aplicable dicho régimen.

Expediente: E-2011-00522-09 (Ref. 338). Resolución de los recursos de alzada, de 8 de mayo de 2014, interpuestos por D.ª María Christi Bengoechea Jaka y D. Joseba Andoni Berriotxoa Alberdi y 19 más (entre ellos Eneko González Pinedo, en representación de Energía Vidasolar, S.L.), contra resolución por la que se declara que la instalación fotovoltaica con CIL ES0021000015810018SE, no cumple con los requisitos para la aplicación del régimen económico primado por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica en régimen especial y en consecuencia no le es aplicable dicho régimen.

Expediente: E-2011-00616-09 (Ref. 339). Resolución de los recursos de alzada, de 8 de mayo de 2014, interpuestos por D.ª María Christi Bengoechea Jaka y D. Joseba Andoni Berriotxoa Alberdi y 19 más (entre ellos Eneko González Pinedo, en representación de Energía Vidasolar, S.L., y Energía Tierra Solar, S.L.), en la que se resuelven las solicitudes de suspensión de las resoluciones sobre las instalaciones fotovoltaicas Vida Solar, S.L., Energía Tierra Solar, S.L. y Vida Solar, S.L., por las que se declara que las mismas no cumplen los requisitos para la aplicación del régimen económico primado por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica en régimen especial y en consecuencia no les es aplicable dicho régimen.

Expediente: E-2012-00177-09 (Ref. 340). Resolución del recurso de alzada interpuesto por D. Modesto Mañanes Argüello, en nombre y representación de Mañanes Blanco, S.L., contra resolución sobre inscripción en el registro de preasignación de retribución de una instalación fotovoltaica denominada Nogarejas 3, expediente FTV-000257-2008-E.

Madrid, 27 de junio de 2014.- Subdirectora General de Recursos Reclamaciones y Relaciones con la Administración de Justicia.

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