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Documento BOE-B-2014-23522

MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 159, de 1 de julio de 2014, páginas 31498 a 31498 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-23522

TEXTO

Edicto

Doña M.C. Sanz, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil número 5 de los de Madrid,

Hago saber:

Que en este Juzgado de lo Mercantil número 5 de los de Madrid, se sigue Concurso Voluntario Abreviado 267/14, en el que recayó auto de fecha 2 de junio de 2014, en cuya parte dispositiva constan los siguientes particulares:

"Declarar en concurso que tiene carácter voluntario abreviado a la Sociedad Cooperativa Madrileña Iniciativas de Vivienda Henares Este, en liquidación (...) abriéndose las secciones correspondientes con testimonio de la presente resolución para su tramitación y declarándose abierta la fase común del concurso."

"Nombrar Administrador Concursal a don Pedro Bautista Martín Molina."

"Ordenar la intervención por parte de la Administración concursal de las facultades de administración y disposición sobre todos los bienes y derechos de la concursada que hayan de integrarse en la masa del concurso.

Los actos que infrinjan dicha intervención podrán ser anulados y no tendrán acceso a registros públicos sin el cumplimiento de las exigencias legales. Todo ello sin perjuicio de otras responsabilidades civiles o penales. La entidad concursada deberá prestar la máxima colaboración y diligencia en todo aquello que sea requerido por la Administración concursal."

"Llamar a los acreedores de la persona concursada para que comuniquen en la forma establecida en el artículo 85 LC la existencia de sus créditos. Deberán formular la comunicación en el plazo de un mes contado desde el día siguiente de la publicación de la declaración del concurso en el BOE y se dirigirá a la administración concursal pudiendo hacerse personalmente, por envío a la dirección C/ Monte Esquinza, n.º 24, 3.º Izq., 28010 Madrid, o por correo electrónico a la dirección viviendahenares@legalyeconomico.com, no siendo válida la dirigida al Juzgado."

Y para su inserción en el Boletín Oficial del Estado, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal, expido el presente.

Madrid, 12 de junio de 2014.- Secretaria Judicial.

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