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Documento BOE-B-2014-23516

LOGROÑO

Publicado en:
«BOE» núm. 159, de 1 de julio de 2014, páginas 31492 a 31492 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-23516

TEXTO

Edicto

Doña María Asunción González Elías, Secretaria Judicial del Juzgado de Primera Instancia número 6 y de lo Mercantil de Logroño, por el presente, hago saber:

1.º Que en sección I declaración concurso 194/2014, seguido en este órgano judicial se ha dictado en fecha auto de declaración de concurso voluntario de Fuertes Senosiain, S.L., con DNI n.º B26254615, cuyo centro de intereses principales lo tiene en calle Manzanera, 12 de Autol (La Rioja).

2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición del deudor.

3.º El llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, será de un mes desde la publicación del presente.

La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el Juzgado, o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.

4.º La identidad de la administración concursal es la siguiente: el Abogado, nombrado administrador concursal, don Fernando Cid Monreal, con DNI número 16.562.984-V, mayor de edad, estado civil casado, habiendo aceptado el cargo en el día de la presente resolución.

La dirección postal de la administración concursal es la siguiente: calle Miguel Villanueva, n.º 3. 1º. of. 1-2 de Logroño.

La dirección electrónica de la administración concursal es la siguiente: fernando@cypa.es.

5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 LC).

Logroño, 26 de junio de 2014.- La Secretario Judicial.

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