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Documento BOE-B-2014-23457

Anuncio de la Notaría de don Antonio Uribe Ortega, de Jerez de la Frontera, sobre subasta notarial de participaciones sociales.

Publicado en:
«BOE» núm. 158, de 30 de junio de 2014, páginas 31400 a 31401 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - A. Anuncios de licitaciones públicas y adjudicaciones
Departamento:
Otros Poderes Adjudicadores
Referencia:
BOE-B-2014-23457

TEXTO

Don Antonio Uribe Ortega, Notario de Jerez de la Frontera, del Ilustre Colegio Notarial de Andalucía,

Hago saber: Que ante el Juzgado de lo Mercantil número 1 de Cádiz, se siguen a instancia de la entidad "Barrera y Gutiérrez, S.L.", procedimiento de ejecución de títulos judiciales 19/2012, contra la Compañía "Jerezana de Comunidades, S.A.". Y en cumplimiento de lo ordenado por dicho Juzgado, el Notario que suscribe procede a sacar a pública subasta las participaciones sociales que luego se dirán.

Los documentos, condiciones y bases de la subasta están de manifiesto al público en mi despacho y de los mismos resulta:

"Primera.- Lugar y fecha de subasta. Se celebrará en el local donde se ubica mi despacho notarial, sito en Jerez de la Frontera, calle Larga, número 58, 2.ª planta, el día veintiocho de julio de dos mil catorce, a las once horas, en única subasta, es decir, sin posibilidad de segunda o tercera subasta, salvo que se interrumpa la tramitación de la misma por mandato judicial o se revoque el requerimiento por el Juzgado.

Segunda.- Bienes objeto de subasta. Con arreglo a los autos del Juzgado son las siguientes participaciones sociales: Cuatro mil doscientas treinta y seis (4.236), números 1 al 800 y 1.201 al 4.636, todos inclusive, de la Sociedad "COSTALUZ DE FUENTEBRAVIA, S.L.", de nacionalidad española, con domicilio en Sanlúcar de Barrameda, calle Bolsa, número 38, con CIF número B11352358, e inscrita en el Registro Mercantil de Cádiz, al tomo 973, folio 87, hoja CA-9758.

Tercera.- Tipo de subasta. La subasta se realizará al mejor postor y el tipo se fija en un millón seiscientos siete mil setecientos setenta y tres euros y ochenta céntimos (1.607.773,80 €), siendo la enajenación de dichas participaciones sociales en conjunto, sin que puedan realizarse posturas para parte de las mismas.

Cuarta.- Posturas. Los licitadores, para tomar parte en la subasta, deberán consignar en la cuenta corriente número ES95 0049.1863.97.2610207722, abierta a nombre de esta notaría, en la sucursal de Banco de Santander, S.A., sita en calle Larga, número 58, de Jerez de la Frontera, una cantidad equivalente al veinte por ciento del tipo de licitación, es decir, trescientos veintiún mil quinientos cincuenta y cuatro euros y setenta y seis céntimos (321.554,76 €). La parte ejecutante, "Barrera y Gutiérrez, S.L.", podrá tomar parte en la subasta, siempre que existan otros licitadores, sin necesidad de consignar cantidad alguna. Las posturas habrán de realizarse por escrito y en sobre cerrado, en las que se identificará al licitador y se señalará la cantidad fija ofrecida. Los sobres deberán ser entregados al Notario con antelación al acto de subasta, juntamente con el justificante bancario de haber realizado el depósito a que se refiere el párrafo anterior.El Notario, en su caso, abrirá los sobres y señalará la cantidad que resulte de la mejor postura presentada por escrito, que podrá ser aumentada verbalmente por el ejecutante, incorporando al acta todos los folios de la puja. A continuación se adjudicará el remate al mejor postor por la cantidad fija ofrecida, haciéndose constar en acta todas las posturas. No podrá cederse el remate, a excepción del ejecutante, que sí podrá cederlo. El precio del remate se depositará en la Notaría por medio de cheque bancario extendido a favor del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Cádiz. Si el rematante no deposita el precio del remate en el plazo de diez días naturales desde la fecha de la subasta, perderá la fianza depositada, que quedará a disposición del Juzgado.A los efectos oportunos se hace constar que no resulta de los autos que exista en los estatutos sociales disposición especial que regule la transmisión forzosa de las participaciones sociales, debiendo estarse a lo dispuesto en los artículos 635.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y 109 de la Ley de Sociedades de Capital. Lo que se pone en conocimiento del público en general a los efectos oportunos.

Jerez de la Frontera, 25 de junio de 2014.- Antonio Uribe Ortega, Notario del Ilustre Colegio Notarial de Andalucía, con residencia en Jerez de la Frontera.

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