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Documento BOE-B-2014-22908

CÓRDOBA

Publicado en:
«BOE» núm. 155, de 26 de junio de 2014, páginas 30646 a 30646 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-22908

TEXTO

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Córdoba,

Anuncia:

Primero.-Que en el procedimiento concursal número 440/2008 referente al deudor Ibéricos del Sur, se ha dictado auto aprobando el plan de liquidación presentado por la Administración concursal cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:

Se aprueba el plan de liquidación presentado por la Administración concursal, al que deberán atenerse las operaciones de liquidación de la masa activa; ajustándose en lo no previsto a las reglas de los artículos 149 a 151 de la Ley Concursal.

Notifíquese la presente resolución a las partes personadas y a la Administración concursal, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación, en el plazo de veinte días, ante este mismo Juzgado, para ante la Ilma. Audiencia Provincial de Córdoba, en la forma prevista en los artículos 457 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Líbrese mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Córdoba para anotación preventiva de lo resuelto, conforme al artículo 320.1 c) del Reglamento del Registro Mercantil; y una vez firme este auto, para su inscripción.

Publíquese la presente resolución en el Boletín Oficial del Estado.

Fórmese la sección sexta de calificación, del concurso, que se encabezará con testimonio de esta sentencia y a la que se incorporarán testimonios de la solicitud de declaración de concurso, de la documentación que hubiera presentado el deudor con su solicitud y a requerimiento del juez, y del auto de declaración del concurso. Dentro de los diez días siguientes a la última publicación de esta resolución, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse en la sección alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.

Así por este auto lo acuerda, manda y firma el Ilmo. Sr. D. Fernando Caballero García. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Córdoba. Doy fe.

Córdoba, 25 de abril de 2014.- La Secretaria Judicial.

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