Edicto.
Doña María Teresa Martínez Soto, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia n.º 6 de Orihuela,
Hago saber: Por Decreto de este Juzgado de fecha 17 de octubre de 2012, dictado en autos de jurisdicción voluntaria núm. 1061/12 sobre amortización de pagarés por extravió, sustracción o destrucción, se acordó admitir a trámite la denuncia formulada por la Administración Concursal de la mercantil concursada "Desarrollo y Tecnología de Centros Vacacionales, S.L.", acordándose la retención del pago de los siguientes efectos:
1.-Pagaré núm. 3546 993 0 8299 4, por importe de 75.000 €, con fecha de vencimiento 16 de noviembre de 2012, pagadero en la entidad financiera Caja Rural Central, oficina urbana 1, C/ Calderón de la Barca, núm. 11 de Orihuela, expedido por Contrimar Country, en fecha 17 de noviembre de 2010, a favor de "Desarrollo y Tecnología de Centros Vacacionales S.L.".
2.-Pagaré núm. 3546 999 6 8299 4, por importe de 75.000 €, con fecha de vencimiento 16 de noviembre de 2012, pagadero en la entidad financiera Caja Rural Central, oficina urbana 1, C/ Calderón de la Barca, núm. 11 de Orihuela, expedido por Contrimar Country, en fecha 17 de noviembre de 2010, a favor de "Desarrollo y Tecnología de Centros Vacacionales S.L",
Por el presente se llama al tenedor de los títulos para que pueda comparecer en el Juzgado dentro del mes siguiente a la fecha de publicación del presente, a fin de que, si a su derecho conviene, comparezca y formule oposición.
Orihuela, 8 de mayo de 2014.- Magistrado Juzgado de Primera Instancia n.º 6 de Orihuela.
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