Está Vd. en

Documento BOE-B-2014-22721

MÁLAGA

Publicado en:
«BOE» núm. 154, de 25 de junio de 2014, páginas 30434 a 30434 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2014-22721

TEXTO

Edicto.

Cédula de Notificación.

En el procedimiento Procedimiento Ordinario 1201/2013 seguido en el Juzgado de Primera Instancia 2 de Málaga a instancia de Ana María Medina Pérez, Ana Escalante Medina, José Miguel Medina Pérez y María Nieves Medina Pérez contra Vandelvira, S.A., se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

Sentencia número 187/13.

En Málaga, a 13 de diciembre de 2013.

Vistos y examinados por mi, don Manuel S. Ramos Villalta, Magistrado-Juez de Primera Instancia número 2 de esta ciudad y su Partido, los presentes autos de juicio ordinario, seguidos en este Juzgado bajo el número 1201/13, a instancia de la parte actora doña Ana María Medina Pérez, don Jósé Miguel Medina Pérez, doña María Nieves Medina Pérez y doña Ana Escalante Medina, representada por el procurador Sr. García Sanchez-Biezma y asistida del letrado Sa. Gracian Fernandez, contra la entidad Vandelvira, S.A..

Fallo

Que desestimando la demanda interpuesta por la parte actora, debo absolver y absuelvo a la entidad VANDELVIRA, S.A., de la pretensión planteada contra la misma. Respecto a las costas, procede condenar, si las hubiera, a la parte actora.

Notifíquese a los interesados, mediante entrega de copia de la presente resolución, haciéndoles saber que esta sentencia devendrá firme si contra ella, en este Juzgado y para ante la Iltma. Audiencia Provincial de Málaga, no se prepara recurso de apelación en el plazo de cinco días. Se advierte expresamente que al preparar el citado recurso se tendrá que acreditar que se ha constituido el depósito por importe de 50 euros al que hace referencia la Disposición Adicional Decimoquinta de la L.O.P.J, salvo que el recurrente esté exento por Ley de constituir el mismo, mediante la consignación de dicho importe en la cuenta, correspondiente a este procedimiento, de depósitos y consignaciones abierta en la entidad BANESTO a nombre del Juzgado de Primera Instancia número 2 de Málaga.

Así por esta mi sentencia, de la que se llevara certificación a los autos de que dimana, definitivamente firmando en primera instancia, la pronuncio, mando y firmo.

Publicación.-Leída y publicada la anterior resolución por el Magistrado-Juez que la suscribe, encontrándose celebrando Audiencia Pública en el mismo día de su fecha, de la que doy fe.

y con el fin de que sirva de notificación en forma a la demandada VANDELVIRA, S.A., extiendo y firmo la presente.

Málaga, 28 de mayo de 2014.- El/la Secretario.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid